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¿Pueden sancionarm­e por llevar puesta la luz antiniebla trasera cuando no es necesario?

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Hace unos fines de semana, y tras sobrepasar un tramo con niebla, me paró, en un pueblo, la Guardia Civil... para advertirme de que aún llevaba la luz antiniebla trasera puesta. Me reprendier­on y me explicaron que podían multarme con 200 euros. ¿Es así? ¿Cuál sería el motivo? ANDRÉS SANZ (BURGOS)

RESPUESTA DE ENRIQUE ESPINÓS, REDACTOR: Sí, los agentes pueden llegar a sancionart­e con 200 euros por llevar puesta una luz antiniebla -delantera o trasera- cuando no sea necesario. ¿El motivo? Que podrías llegar a deslumbrar aotros usuarios de la vía. Aunque, en 2007, la DGT publicó un escrito indicando que si un conductor llevaba conectada una de estas luces, pero transitaba por poblado y a menos de 40 km/h, no podría ser denunciado por ello.

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