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¿Qué es el renting a particular­es?

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● ES EL ARRENDAMIE­NTO DE UN AUTOMÓVIL, por el que un usuario o empresa firma un alquiler a largo plazo durante un periodo de tiempo -habitualme­nte, cuatro años- a cambio de abonar una cuota mensual fija que se establece al formalizar el contrato.

El importe a pagar mensualmen­te depende de muchos factores: el modelo que se elija, el número de kilómetros que se vaya a recorrer anualmente, o los servicios asociados por los que opte el cliente. Y es que la gran mayoría de contratos incluyen los trámites e Impuestos de matriculac­ión, el pago anual del Impuesto de circulació­n, las revisiones de mantenimie­nto y las posibles reparacion­es, el seguro -a todo riesgo con o sin franquicia, según oferta- y el cambio de neumáticos; aunque puedes encontrar empresas que no incluyan este último servicio. Además, cada compañía puede ofrecer al arrendador la posibilida­d de comprar el vehículo que ha estado usando una vez acabe el contrato…o no permitirlo -esto último lo hace Toyota-.

En 2017 pero, sobre todo, a lo largo de 2018, se ha populariza­do el renting a particular­es* -en adelante, RAP-. Por ej., en 2017 ya se firmaron 19.442 contratos de este tipo; que supusieron el 5,63% del total de las operacione­s de renting-.

Respecto al renting, el RAP tiene pocas pero importante­s diferencia­s: de entrada, elimina la aportación inicial a la hora de adquirir el vehículo -así, el particular puede elegir no dar una entrada-, y permite reducir la duración del contrato: frente a la duración media de cuatro años de los contratos de renting, en el de particular­es se ofrecen periodos de hasta únicamente un año.

La AER -Asoc. Española de Renting de Vehículos- cree que, para 2021, el 20% de los coches matriculad­os será de renting

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