¿Hasta qué punto puede pedirte la documentación del coche la Policía Local?
■ EL OTRO DÍA, estaba hablando por teléfono dentro de mi coche, que estaba correctamente aparcado en una plaza azul de la zona SER -y con el ticket puesto-, y se me acercó un agente de la Policía Municipal de Madrid y me requirió la documentación del vehículo, el seguro del mismo y el justificante de que había superado la ITV... ¿Pueden hacerlo aunque no esté circulando? GONZALO MARTÍN (MADRID)
RESPUESTA DE ANA MARÍA AMADOR, DEL DPTO. JURÍDICO DE CEA: La Ley determina la competencia y jurisdicción de la Policía Municipal y esta, al ser la autoridad encargada de la vigilancia del tráfico, tiene potestad para solicitarte que te identifiques y hasta podría registrar legalmente tu coche. No en vano, estos agentes pueden establecer controles para proceder a la identificación de las personas que transiten o se encuentren en la vía pública, al registro de los vehículos y al control superficial de los efectos personales -en búsqueda, por ej., de armas blancas-.
En concreto, las funciones de la Policía Municipal de Madrid -desde donde nos escribes-, viene regulada por el artículo 11 de la Ley 1/2018,
de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid. Entre otras, comprenden el “efectuar las diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos o su comprobación”, como se señala en el punto h del citado artículo.