Autofácil

Sobre obligacion­es y preferenci­as de giro...

- GONZALO APARICIO (MADRID)

■ OS ADJUNTO UNA FOTO de la intersecci­ón de una calle de dos carriles por sentido con otra similar. Y, como puede verse, el carril de la derecha muestra una flecha doble, con posibilida­d de giro a la derecha.

He tenido ya varias discusione­s con otros conductore­s sobre la obligatori­edad, por un lado, de situarse en el carril derecho para girar hacia la derecha y, por otro, sobre la preferenci­a que tiene quien gira desde ahí a ocupar cualquiera de los dos carriles de la

RESPUESTA DE FERNANDO SOLAS, RESPONSABL­E DE CONTENIDOS DE PONS SEGURIDAD VIAL: Los carriles tienen flechas de selección de carril, y dichas fechas indican al conductor que debe seguir la dirección, o una de las direccione­s, indicada por la flecha en el carril en el que se halle. Por ello, si el conductor está en el carril derecho podrá seguir de frente o girar a la otra vía. ¿Qué opináis? Por último, ¿la flecha del carril izquierdo obliga al conductor de ese carril a seguir de frente? derecha... porque así lo indican las flechas. Mientras que si se sitúa en el carril donde sólo está pintada la fecha que permite seguir de frente, únicamente podrá seguir de frente. Eso sí, como las líneas longitudin­ales entre carriles son discontinu­as, cualquier conductor podrá cambiar de carril. Cualquier duda al respecto de las obligacion­es que supone la señalizaci­ón horizontal, se puede consultar en el artículo 169 del Reglamento General de Circulació­n.

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