2. Si son animales no cinegéticos
¿Y QUÉ SUPONE PARA EL CONDUCTOR?
si un conductor atropella un animal cinegético, será su seguro el que tenga que hacerse cargo de los daños, aunque la Ley establece que los propietarios del animal no podrán reclamar su valor.
Si tienes un seguro a todo riesgo, tu aseguradora se hará cargo de todos los daños. El problema viene cuando tienes uno a terceros ampliado o a terceros. En ese caso, deberías contar con una cobertura de “atropello de animales cinegéticos” o de “daños cinegéticos”. La incluyen las pólizas a terceros de algunas aseguradoras, pero lo habitual es que sea opcional* (de 15 a 40 € al año ojo, porque para que te cubra es imprescindible que exista un atestado policial, que debe acreditar el accidente, e identificar al animal atropellado, y el punto kilométrico donde ha tenido lugar el siniestro. ¿QUÉ INDICA LA LEY? En estos casos,
“se mantiene la norma anterior a la modificación de la Ley de Tráfico; esto es, el artículo 1905 del Código Civil”. Este señala que "el poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe”.
¿Y QUÉ SUPONE PARA EL CONDUCTOR?
si atropellas a uno de estos animales, “lo más recomendable es que solicites la presencia de las autoridades, para que levanten un atestado y traten de encontrar al poseedor del animal”, es una especie de pendiente de plástico que se les coloca en la oreja y que identifica la procedencia del animal...
Una vez realizado el atestado, solicita una copia y dásela a tu compañía de seguros, que reclamará al propietario del animal “sólo cuando tengas contratada la cobertura de reclamación de daños”, advierte Arnaldo. Lluch explica que esta cobertura la incluyen “todos los seguros a todo riesgo”, pero que “en el caso de los terceros ampliados y terceros básicos, la suelen incluir las aseguradoras 'de buena calidad'”, pero no las compañías con los precios más baratos.
Si no tienes contratada una cobertura de reclamación de daños, Arnaldo recomienda que realices una reclamación amistosa un burofax e incluye las fotos del accidente y de los daños del coche, además de un presupuesto de reparación (si ya has reparado el coche, la factura del arreglo). “Normalmente, los ganaderos y los poseedores de perros suelen tener un seguro de responsabilidad civil que se hará cargo de estos costes”, explica.
Si la reclamación amistosa no es atendida, “tienes hasta un año de plazo, a contar desde la fecha del siniestro” para presentar “una demanda en el Juzgado de Primera Instancia del partido donde se produjo el atropello (si fue en una carretera de Ávila, en Ávila)”. Presenta tu copia del atestado y todas las pruebas con las que cuentes, como fotos del siniestro. Sólo necesitarás contratar un abogado si la cuantía de la reclamación excede los 2.000 euros.