Otras cuestiones a tener en cuenta...
1 ¿Un punto de carga queda cubierto por el seguro de la comunidad de vecinos (si está en un garaje comunitario) o requiere un seguro específico?
Habla con tu aseguradora para incluirlo en tu póliza
Un punto de carga “no queda cubierto por el seguro de la comunidad”, señala Pérez, “ya que forma parte de la instalación individual del cliente”. Al respecto, Carlos Lluch, director técnico de la correduría Lluch&Juelich, confirma que, ”en caso de que ocurra algo, será el titular del punto de carga quien deberá hacerse cargo de la responsabilidad civil que derive de un accidente”.
Lluch explica que “el punto de carga y sus posibles incidentes pueden quedar cubiertos por el seguro del hogar del titular”... pero siempre que “el garaje y sus instalaciones” estén declarados “como elemento integrado de la vivienda o declarados en las definiciones de riesgo" (lo que, en una póliza de hogar, explica qué se considera el continente del mismo). Además, también alerta de que “en la póliza no podrá haber ninguna exclusión respecto al daño que se pueda causar a terceros por la titularidad de ese bien (el garaje) y sus instalaciones (el punto)”.
Por esto, Lluch aconseja revisar la letra pequeña de nuestro seguro de hogar y, si es necesario, “hablar con nuestra compañía o mediador para que la plaza de garaje y sus instalaciones queden incluidas” en la póliza.
2 ¿Existe algún problema legal para instalar estos puntos si el garaje es proindiviso?
Tendrás que llegar a un acuerdo con el resto de propietarios
Existen comunidades de vecinos en las que el garaje es proindiviso (un régimen en el cada propietario del bien tiene y disfruta de un porcentaje de la propiedad del mismo). En ese caso, “y como el usuario no es propietario de ninguna plaza, no puede decidir de manera unilateral que se instale un punto de recarga”, explica Pérez. Así, para poder instalar un punto de recarga, el interesado deberá acordar con el presidente de la comunidad, administrador de la finca y/o el resto de los propietarios en qué lugar y bajo qué condiciones se instala el punto de recarga.
3 ¿Puedo instalar un punto de carga en una plaza que tengo alquilada?
Sí, con el permiso del propietario
Sí, pero “siempre que cuentes con el permiso por escrito del propietario”, explica el responsable de Iberdrola, quien añade que, “de hecho, de cara a la comunidad de vecinos, quien debe informar es el propietario de la plaza”.
Una vez realizada la comunicación, los trámites de instalación no cambian, pero propietario e inquilino deberían discutir quién abona la instalación del punto.