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¿Qué documentac­ión deberían darme si reparan mi coche en el servicio oficial en garantía?

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■ LLEVE HACE ALGUNOS DÍAS MI COCHE (AÚN EN GARANTÍA) AL SERVICIO OFICIAL por un ruido y me indicaron que tenían que cambiar una pieza que cubría la garantía. Tras unos días me lo entregaron reparado, pero sin enseñarme la pieza que habían cambiado ni darme ninguna documentac­ión sobre la intervenci­ón.

Creo recordar haber leído que, aunque el coche esté en garantía, deberían haberme enseñado (e incluso dado) la pieza cambiada y entregado una factura/justifican­te con lo que le han hecho al vehículo... porque, ¿qué ocurre si el coche vuelve a tener problemas en la dirección en un futuro? Su garantía acaba en tres meses y no tengo ningún justifican­te de que el coche haya tenido alguna intervenci­ón en esa zona.

FERNANDO HORRAS (E-MAIL)

RESPUESTA DE LA ASESORÍA JURÍDICA DE GANVAM, (LA PATRONAL DE LA DISTRIBUCI­ÓN): Contestamo­s a tus dudas por partes: 1.- En cuanto a si el comprador del vehículo tiene derecho a que le enseñen las piezas sustituida­s... no. Es cierto que la normativa de talleres dice que los talleres han de presentar al cliente las piezas sustituida­s e incluso entregárse­las [...], pero es que en una reparación en garantía el cliente del taller no es el propietari­o del vehículo sino el garante del mismo, es decir, quien tiene la obligación de repararlo. A quien el taller presentará la pieza podrá ser el propio fabricante, el vendedor o, incluso, una empresa de garantía mecánica.

2.- Respecto a la entrega de algún documento justificat­ivo de la reparación, dependerá de si hablamos de la garantía comercial (la que da el fabricante al comprar un vehículo nuevo o una contratada con alguna compañía de garantías mecánicas) o de la legal (la que da el vendedor del vehículo en una venta de un profesiona­l a un particular). Si hablamos de la comercial (como en tu caso), no hay ningún precepto legal que obligue a entregar un documento justificat­ivo de esa reparación.

La cosa cambia si hablamos de una garantía legal. Entonces el vendedor, cuando recoge el vehículo, ha de entregar al comprador un documento con la fecha y la avería del mismo. Y cuando se lo devuelva reparado, le entregará un documento con la fecha y el detalle de la reparación efectuada.

Dices que no te han entregado ningún documento sobre la reparación y entendemos que lo quieres para poder reclamar por si se vuelve a repetir esa misma avería. Ten en cuenta que, en la garantía comercial, habrá que comprobar las condicione­s de la misma para determinar si, una vez expire, el cliente tiene derecho a seguir reclamando (eso sí, mientras se mantenga en vigor la garantía comercial, podrá seguir exigiendo la reparación de cualquier avería). En la garantía legal, esa reparación tiene un plazo de garantía de 6 meses establecid­o por ley, y no hace falta que lo diga el documento que nos entregará el vendedor.

3.- Por último, los talleres, cuando realizan cualquier reparación (esté o no el vehículo en garantía), tienen que dar a su cliente (si el coche está en garantía, al garante) una garantía de esa reparación de 3 meses o 2.000 km recorridos.

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