200 EUROS Y 3 PUNTOS; PERO PRÓXIMAMENTE PODRÁN SER 4
■ Actualmente, si un menor que no alcance los 135 cm de altura no va situado en el asiento de atrás* en su correspondiente sistema de retención infantil, el conductor del vehículo será sancionado con 200 euros y la retirada de 3 puntos de su permiso. Sin embargo, el pasado mes noviembre el Ejecutivo aprobó un anteproyecto de ley para reformar la Ley de Tráfico y Seguridad Vial en varios aspectos relacionados con el carnet por puntos. A falta de ser aprobado en el Congreso (aún no se conoce fecha para este trámite), el anteproyecto contempla, entre otras cuestiones, aumentar la retirada de puntos de esta multa hasta los 4 si un menor no viaja en su SRI correspondiente; eso sí, la sanción económica no está previsto que varíe. *El Reglamento General de Circulación sólo permite tres excepciones para que tu hijo menor de 135 cm viaje legalmente en el asiento del copiloto: 1.- Si el vehículo no dispone de asientos traseros. 2.- Si la segunda fila del vehículo está ocupada por otros menores en sus SRI.
3.- Cuando no sea posible instalar en los asientos traseros todos los sistemas de retención infantil.