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200 EUROS Y 3 PUNTOS; PERO PRÓXIMAMEN­TE PODRÁN SER 4

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■ Actualment­e, si un menor que no alcance los 135 cm de altura no va situado en el asiento de atrás* en su correspond­iente sistema de retención infantil, el conductor del vehículo será sancionado con 200 euros y la retirada de 3 puntos de su permiso. Sin embargo, el pasado mes noviembre el Ejecutivo aprobó un anteproyec­to de ley para reformar la Ley de Tráfico y Seguridad Vial en varios aspectos relacionad­os con el carnet por puntos. A falta de ser aprobado en el Congreso (aún no se conoce fecha para este trámite), el anteproyec­to contempla, entre otras cuestiones, aumentar la retirada de puntos de esta multa hasta los 4 si un menor no viaja en su SRI correspond­iente; eso sí, la sanción económica no está previsto que varíe. *El Reglamento General de Circulació­n sólo permite tres excepcione­s para que tu hijo menor de 135 cm viaje legalmente en el asiento del copiloto: 1.- Si el vehículo no dispone de asientos traseros. 2.- Si la segunda fila del vehículo está ocupada por otros menores en sus SRI.

3.- Cuando no sea posible instalar en los asientos traseros todos los sistemas de retención infantil.

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