¿Y cómo actúa el seguro en estos casos?
■ “Si el vehículo contra el que chocaste no está asegurado, no tendrás que hacer nada especial”, explica Marcos Rodríguez-Solano, abogado especializado en tráfico: “simplemente, da un parte del accidente a tu aseguradora (antes de siete días, puedes utilizar el parte amistoso) y esta, siempre que cuentes con cobertura de reclamación de daños, reclamará tu indemnización al Consorcio de Seguros (902
222 665 / www.consorseguros. es)”. Si no tienes contratada la cobertura de reclamación de daños (la ofrecen la práctica mayoría de las aseguradoras, “excepto algunas compañías low cost”, indica Carlos Lluch, director técnico de la correduría de seguros Lluch&Juelich), tendrás que reclamar tú mismo al Consorcio de Seguros, que será quien te abone la indemnización correspondiente.
El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es un organismo público privado que cubre las indemnizaciones, por daños materiales y personales, en accidentes en los que se vean involucrados vehículos robados o identificados pero no asegurados. Tal y como explica Lluch, “el Consorcio está sujeto a las normas que rigen para el resto de aseguradoras, por lo que a efectos prácticos deberá abonarte la indemnización en los 40 días naturales siguientes desde que reciba la notificación del accidente".
“ACUDA O NO LA POLICÍA, DA SIEMPRE PARTE A TU ASEGURADORA, QUE COMPROBARÁ EL FIVA Y, SI ES NECESARIO, RECLAMARÁ AL CONSORCIO DE SEGUROS”