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El Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) es un marco de gestión de la propiedad intelectual e industrial ratificado actualmente por más de 145 países. Con el PCT es posible solicitar la protección de una invención por patente mediante la presentación de una única solicitud internacional de patente sin necesidad de iniciar varios procedimientos nacionales o regionales. En todo caso, la concesión de patentes es competencia de las oficinas nacionales durante la última fase del proceso. El procedimiento PCT contempla las siguientes fases:
• Presentación. La persona solicitante presenta una solicitud internacional ante una Oficina nacional o regional de patentes o ante la OMPI, de conformidad con los requisitos del PCT, en un solo idioma y paga un único conjunto de tasas.
•Búsqueda internacional. El organismo encargado de la búsqueda internacional evalúa los elementos que pueden afectar la patentabilidad de la invención y emite una opinión escrita sobre la posibilidad de patentar dicha invención.
•Publicación internacional. El contenido de la solicitud se divulga públicamente apenas vencido el plazo de 18 meses a contar desde la fecha de presentación de la primera solicitud. A esta publicación puede seguir, además, una búsqueda internacional suplementaria en caso que así se solicite.
• Examen preliminar internacional. A pedido de la persona solicitante, una de las administraciones encargadas de la búsqueda internacional podrá llevar a cabo un análisis adicional de patentabilidad.
•Fase nacional. Una vez finalizado el procedimiento del PCT, después de 30 meses a contar desde la fecha de presentación de la primera solicitud, la persona solicitante solicitará a las Oficinas nacionales (o regionales) de patentes de cada uno de los países en que desee obtener una patente.