¿CASCO OBLIGATORIO EN LOS VMP?
La Reforma de la Ley de Seguridad Vial, que entrará en vigor el día 21 de este mes de marzo, añade al artículo 47 que “el conductor de un vehículo de movilidad personal estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine”. Lo cual quiere decir que abre el camino a que, o bien mediante el Reglamento de Conductores o mediante ordenanzas municipales en las ciudades, se obligue a llevar casco en los llamados vehículos de movilidad personal (VMP).