EL SECTOR SE CONGRATULA DEL VARAPALO JUDICIAL CONTRA LOS PERFUMES DE EQUIVALENCIA
Ante la reciente condena del Tribunal Supremo al Grupo Saphir y sus minoristas por competencia desleal e infracción de marca, la Asociación Nacional de Perfumería y Cosmética (Stanpa) ha manifestado su satisfacción mediante un comunicado a los medios. Tal como recoge la sentencia, el uso de marcas notorias por parte de Saphir, Caravan e IAP se realiza mediante el suministro a sus comerciales, y éstos a terceros, de listados de equivalencias, y por parte del minorista, empleando etiquetas en las que se relacionan las referencias numéricas de las fragancias de equivalencia con las marcas de los perfumes originales. Consecuentemente, usar las marcas de reputadas fragancias de Puig en actos de ofrecimiento, comercialización, promoción y publicidad de sus per- fumes de equivalencia infringe dichas marcas además de suponer competencia desleal por publicidad ilícita y aprovechamiento de la reputación ajena. En virtud de ello, la condena del Supremo a Saphir prohíbe a esta compañía a utilizar de forma oral o escrita las marcas de Puig para vender fragancias de imitación bajo las enseñas Caravan, Saphir e IAP, así como a indemnizar a Puig y a retirar del tráfico económico (incluido internet), destruir y dejar de suministrar cualquier medio de identificación que contenga dichas marcas.
De esta forma, Stanpa considera que la decisión del Supremo confirma que el modelo de negocio consistente en imitar perfumes utilizando marcas renombradas es ilegal, dejando claro que se incurre en competencia desleal por publicidad comparativa ilícita y aprovechamiento de la reputación ajena. Tanto la Ley de Competencia Desleal como la Directiva Comunitaria sobre Publicidad Comparativa prohíben expresamente presentar bienes o servicios como imitaciones o réplicas de otros a los que se aplique la marca o nombre comercial protegido.
Baja disciplinaria de la asociación
En virtud de eso, Stanpa considera que este tipo de prácticas ponen en riesgo un sector constituido por una amplia variedad de empresas, grandes y pequeñas, generadoras de 35.000 empleos directos y 200.000 indirectos que ofrecen productos de calidad a todo tipo de consumidores.
Además, la sentencia del Tribunal Supremo avala la decisión de Stanpa, tomada el pasado mes de julio, de proceder a la baja disciplinaria de Laboratorios Saphir por realización de actos o conductas desleales contrarios a la ética de la asociación. Stanpa reafirma su compromiso de continuar actuando en estos casos de evidente ataque, apropiación indebida de la reputación ajena y parasitismo de las marcas de perfume.
EL SUPREMO PROHÍBE A SAPHIR A UTILIZAR DE FORMA ORAL O ESCRITA LAS MARCAS DE PUIG PARA VENDER FRAGANCIAS DE IMITACIÓN BAJO LAS ENSEÑAS CARAVAN, SAPHIR E IAP