El Economista - Buen Gobierno y RSC
LOS EXPERTOS EXPLICAN CÓMO APLICAR EL REGISTRO HORARIO
El control horario se incluye en un paquete de reformas para luchar contra la precariedad en el ámbito laboral. Se ha modificado el artículo 34 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y añadido un nuevo apartado 9. La norma obliga a registrar la hora de inicio y finalización de la jornada de todos los trabajadores; a almacenar los registros cuatro años; y a que éstos sean accesibles a trabajadores, a sus representantes legales y a la Inspección.
El próximo 12 de mayo entra en vigor la obligación de imponer en las empresas sistemas de control horario de los trabajadores. Hay sanciones por los incumplimientos y la gran mayoría de las empresas desconocen que tienen que hacer. Sobre ello hablamos con diversos especialistas