El Economista - Buen Gobierno y RSC
FIN A LA COLABORACIÓN VOLUNTARIA DE LAS EMPRESAS
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS), organismo que depende del Ministerio de Trabajo, ha dictado una resolución que recoge y señala el procedimiento por el que finaliza la colaboración voluntaria de las empresas en la gestión de la Seguridad Social. De este modo, elimina el procedimiento por el que las empresas asumían directamente el pago de la Incapacidad Temporal (IT) y después lo descontaban de las obligaciones de cotización al sistema.
Así, la Seguridad Social cumple con el Real Decreto-ley 28/2018 del pasado diciembre, que determinaba la finalización de esta fórmula a partir del 31 de marzo de 2019 y establece
Trabajo termina con el procedimiento por el que las compañías asumían los pagos de las bajas y después los descontaban de la cotización y establece un periodo transitorio de 3 meses para liquidarlo, tal como exige el Real Decreto Ley 28/2018 del pasado diciembre