El Economista - Buen Gobierno y RSC
El régimen de custodia compartida en lactantes
En la actualidad, muchos progenitores se preguntan si es posible establecer la guarda y custodia compartida en hijos menores de tres años y, en especial, en cuanto a los menores lactantes, debiendo tener en cuenta la especial vinculación con la madre, conforme al periodo evolutivo del menor, al ser la madre además, quien les provee el alimento.
La custodia compartida es incorporada al Código Civil por la reforma de la Ley 15/2005, siendo configurada con “carácter excepcional”, regulación que se mantiene en la actualidad – estando pendientes de la tan necesaria reforma legislativa –. En todo caso el Tribunal Supremo ha superado con creces dicha regulación, estableciendo a partir de la Sentencia de fecha 29 de abril de 2013, que el régimen de custodia compartida debe ser el sistema deseable, siempre ateniendo a las circunstancias del caso concreto, así como los requisitos establecidos por dicho Tribunal tales como el cuidado de los hijos constante el matrimonio, disponibilidad laboral, la edad de los menores, etc.,
para que la custodia compartida pueda ser efectiva.
En concreto y en cuanto a la edad de los menores, el Tribunal Supremo no ha establecido una edad mínima para el establecimiento de la custodia compartida, pero sí ha señalado que la corta edad de los hijos, puede suponer una mejor adaptación en régimen de custodia compartida a la nueva situación.
En los procesos judiciales contenciosos el establecimiento de la custodia compartida lo suele ser en periodos semanales alternos -en términos generales por cuanto siempre dependerá del caso concreto, y siempre salvo acuerdo diferente entre progenitores- de viernes a viernes o lunes a lunes, es decir, el menor estará una semana con cada uno de sus progenitores, con la posibilidad de añadir una visita intersemanal con pernocta o dos sin pernocta, en caso que el interés superior del menor lo requiera.
La edad del menor, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo, no es por tanto un impedimento para el establecimiento del