El Economista - Buen Gobierno y RSC
La Protección de Datos como expresión de una nueva cultura
Tras la entrada en vigor del nuevo Reglamento 2016/679, se ha puesto más que nunca de manifiesto que la protección de datos de carácter personal entraña hoy por hoy, sobre todo una sólida cultura de cumplimiento, cada vez más arraigada entre los ciudadanos. Es evidente que los tiempos cambian, y las modificaciones normativas producidas que ha introducido el citado Reglamento se encuentran íntimamente ligados y van en consonancia con el rápido desarrollo tecnológico producido en los últimos años, y la influencia que los mismos han tenido en la constitución de nuevas e influyentes prácticas sociales, lo que ha determinado a su vez, entre otras razones, esa necesidad de proceder a su actualización.
Consecuentemente con ello, la reforma legal producida, no debe ser solamente valorada como una cuestión de mera juridicidad, sino que tiene otras repercusiones muy trascendentes.
En este sentido, y tal como se ponía recientemente ide manifiesto por KPMG la gran complejidad del Reglamento es que no afecta a una única área de la organización sino que, de alguna manera, la atraviesa totalmente y requiere un cambio cultural.
Exige programas y equipos cross-funcionales trabajando en paralelo a través de múltiples líneas de negocio y geografías.
Desde los técnicos en sistemas IT, a los abogados de Compliance, pasando por los responsables de riesgos, de auditoría interna, de marketing y gestión de clientes (CRM), etc., y, por supuesto, de ciberseguridad. También deberán ir preparándose los departamentos de relación con clientes, inversores y medios de comunicación, que pronto tendrá para lidiar con este tipo de cuestiones.
Pero su puesta en marcha es, - sobre todo-, un punto de partida para adoptar un nuevo enfoque en la cultura corporativa hacia la protección de datos.
Así, se afirma que constituye “una cultura en la que la transparencia, los derechos de los ciudadanos y la responsabilidad sea algo automático y natural […], de forma que todo el mundo en la organización valore el derecho de los clientes a su privacidad”.
Y que “sólo se podrá construir un entorno de confianza si las organizaciones contribuyen, con su transparencia, responsabilidad y principios a que los clientes sean conscientes de la información personal que éstas tienen de ellos y cómo los usan”.