El Economista - Buen Gobierno y RSC
Seguridad jurídica ‘in peius’ (2)
Como decíamos ayer, la falta de seguridad jurídica acompaña a nuestro ordenamiento tributario en decisiones -gubernamentales, legislativas o aplicativas- que habitualmente perjudican al contribuyente, pero también en otras que reportan beneficios a unos pocos, que suelen ser los que más se quejan o los que más cercanía con el poder tienen.
La cuestión planteada venía a cuento, entre otras, de la reciente decisión política de incrementar ad náuseam los beneficiados por la consideración como exentas, por parte del Tribunal Supremo, de las prestaciones por maternidad percibidas durante la baja -laboral- maternal.
Lo pretendido, pomposamente expuesto a los medios de comunicación, era acabar incluyendo a cierto grupo de madres que, constituidas en asociación, habían reclamado la devolución antes de la sentencia de nuestro Alto Tribunal pero que, por el motivo que fuera, dejaron que la resolución desestimatoria que recibieron, fuese administrativa o judicial, ganara firmeza.
Entra dentro de lo razonable que los grupos políticos quieran contentar a los que consideren su electorado y hasta puede llegar a comprenderse que, para protegerse públicamente, soliciten un informe a los letrados del negociado correspondiente, con el que ofrecer una visión técnica del asunto en cuestión.
Ahora bien, lo que resulta preocupante es que el resultado sea un informe como el que ha aparecido en el presente supuesto, emitido aparentemente por el Servicio Jurídico de la Aeat, aunque en el documento en cuestión no aparece ni marca de aguas, ni sello oficial, ni nombre o puesto del firmante, ni reflejo alguno de su autor, material o intelectual. Un simple documento informático en formato pdf, titulado cacofónicamente como PRESTACIONES MATERNIDAD Y PATERNIDAD. PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA EXENCIÓN Y EFECTOS DEL DECRETO-LEY 27/2018, DE 28 DE DICIEMBRE, que bien podría haber redactado el bedel de Infanta Mercedes y que se remitió a los medios de comunicación para su difusión. La única seña de su autoría, si se me permite la maldad, es que puede haber sido algún miembro de Unidas Podemos, por aquello de eliminar el “Real” del título de un Decreto-ley, como marca la Carta Magna.
No solo la forma preocupa, sino -y sobre todo- el fondo. El escrito traza las diversas situaciones en las que se puede encontrar un contribuyente con relación a la doctrina legal que marcó la exención de las prestaciones por maternidad