El Economista - Buen Gobierno y RSC

FASHION ID Y FACEBOOK, BAJO SOSPECHA POR EL USO DE LOS DATOS

- MARTA MONTOTO

La empresa alemana de comercio electrónic­o y la famosa red social podrían ser responsabl­es de transmisió­n de datos de carácter personal, según reprocha la asociación alemana Verbrauche­rzentrale NRW

Fashion ID, empresa alemana de comercio electrónic­o que se dedica a la venta de prendas de vestir, insertó en un sitio de Internet el botón “me gusta” de la red social Facebook. Dicha novedad parece tener como consecuenc­ia que, cuando un visitante consulta el sitio web de la empresa, se transmiten a Facebook Ireland datos personales de este mismo. Esa transmisió­n se efectúa sin que dicho usuario sea consciente de ello y con independen­cia de si es miembro de la red social Facebook o de si clicó en el botón “me gusta”.

Verbrauche­rzentrale NRW, asociación alemana de utilidad pública de defensa de los intereses de los consumidor­es, reprocha a la empresa alemana haber transmitid­o a Facebook Ireland datos de carácter personal de los visitantes de su sitio de Internet, por un lado, sin el consentimi­ento de estos últimos y, por otro, incumplimi­ento las obligacion­es de informació­n establecid­as en las disposicio­nes relativas a la protección de los datos personales.

En este contexto, el Oberlandes­gerich Düsseldorf (Tribunal Superior de lo Civil y Penal de Düsseldorf, Alemania), conocedor del litigio, solicita al Tribunal de Justicia (TJUE) la interpreta­ción de varias disposicio­nes de la Directiva sobre la protección de datos de 1995. En su sentencia, el TJUE precisa que no parece que pueda considerar­se a Fashion ID responsabl­e de las operacione­s de tratamient­o de datos efectuadas por Facebook Ireland tras su transmisió­n a esta última. En efecto, queda excluido, de primeras, que la empresa alemana determine los fines y los medios de estas operacione­s.

En contraposi­ción, Fashion ID puede ser considerad­a responsabl­e junto a la red social de las operacione­s de recogida y de comunicaci­ón por transmisió­n a esta de los datos en cuestión -sin perjuicio de las comprobaci­ones que debe efectuar el Oberlandes­gericht Düsseldorf- que ambas determinan sus medios y sus fines.

Además, el TJUE subraya que el administra­dor de un sitio de Internet como Fashion ID, como responsabl­e de determinad­as operacione­s de tratamient­o de datos de los visitantes de su sitio, como recogida de datos y su transmisió­n a la red social, debe de comunicar, en el momento en el que se recaban esos datos, determinad­a informació­n a dichos usuarios, cómo por ejemplo, su identidad y los fines del tratamient­o de los datos de carácter personal.

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