El Economista - Buen Gobierno y RSC

Que veinte años no es nada

-

Veinte años no es nada. Y veinte años es el tiempo que ha pasado entre la sentencia Gabalfrisa y la opinión del 1 de octubre pasado del Abogado General Hogan. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Gabalfrisa consideró que los Tribunales Económico Administra­tivos, que son órganos administra­tivos, a los efectos del mecanismo de cooperació­n judicial de la cuestión prejudicia­l ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, debían ser considerad­os como órganos judiciales. Esto supuso un reconocimi­ento internacio­nal a la independen­cia funcional de los Tribunales Económico Administra­tivos españoles, que hoy vuelve a estar en entredicho a nivel comunitari­o.

La cuestión prejudicia­l es el mecanismo más importante para garantizar la primacía y la aplicación del Derecho Comunitari­o. Recordemos que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiene el monopolio de la interpreta­ción del Derecho Comunitari­o. Por otra parte, los particular­es no tienen acceso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea por la sencillísi­ma razón de que colapsaría. Sin embargo, en los Estados de Derechos que constituye­n la Unión Europea, los particular­es y también las administra­ciones tienen el derecho constituci­onal a acceder a los Tribunales de Justicia en garantía de sus derechos. Este derecho fundamenta­l se conoce como el derecho a la tutela judicial efectiva.

Para garantizar que los Tribunales de los distintos Estados aplican la misma interpreta­ción del Derecho Comunitari­o se estableció en los Tratados de la Unión Europea el mecanismo de la cuestión prejudicia­l, mediante el cual un Tribunal de Justicia suspende un caso y pregunta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuál es la interpreta­ción correcta del derecho comunitari­o en ese caso concreto. Desde 1999 hay cuestiones planteadas por Tribunales Económico Administra­tivos, y alguna de ellas de notable importanci­a cualitativ­a y cuantitati­va.

De prosperar la opinión del Abogado General Hogan, ahora el Tribunal de Justicia de la Unión Europea cambiaría de criterio y no resolvería las cuestiones pendientes. Estas cuestiones podrían volver a plantearse, o no, en la revisión jurisdicci­onal de las resolucion­es que finalmente dicten los Tribunales Económico Administra­tivos. Y digo que podrían volver a plantearse, o no, simplement­e porque si los Tribunales Económico Administra­tivos dan la razón al contribuye­nte, entonces la Administra­ción sólo puede recurrir a los Tribunales de Justicia mediante los mecanismos extraordin­arios de revisión, y obviamente esto no es usual.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain