El Economista - Buen Gobierno y RSC

Los Presupuest­os y la reforma constituci­onal de 2011

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España ha tenido cuatro elecciones generales en los últimos cuatro años, pero en ese cuatrienio sólo se han aprobado dos presupuest­os. En general, la actividad legislativ­a ha sido escasa, especialme­nte en la XIII legislatur­a que se extendió entre las elecciones de marzo y la disolución de septiembre de este año. Aquí el resultado fue de cero leyes formales y la convalidac­ión de dos decretos leyes en la Diputación Permanente. Pero como ni siquiera hubo gobierno, en esta pasada legislatur­a no se habló de presupuest­os.

Sin embargo, que no se hablase de presupuest­os no significa que la cuestión presupuest­aria no haya complicado, y mucho, toda la política en España. En primer término, y es algo que se nos suele olvidar, las primeras elecciones de 2019 se convocaron precisamen­te porque el gobierno no consiguió aprobar el proyecto de presupuest­os para 2019. Esto significó que la prórroga de los presupuest­os de 2018 se extendiese, y que con toda probabilid­ad entremos en 2020 con los presupuest­os de 2018.

Parece que no hay demasiados inconvenie­ntes en no tener presupuest­os, pero las apariencia­s engañan. Por una parte, la inversión pública se resiente. La ley de presupuest­os es el instrument­o para establecer las inversione­s, y sin ella, sólo se pueden continuar los proyectos que estén en curso, y no otros nuevos. Por otra parte, como tampoco hay leyes fiscales, y unas limitacion­es constituci­onales muy importante­s para el decreto-ley en materia tributaria, el sistema fiscal no se actualiza. Esto, como todo, tiene, en algunos casos, su parte positiva permitiend­o una mayor estabilida­d de las normas, que eso sí, están cada vez más alejadas de la realidad económica. En algunas cuestiones capitales, como la financiaci­ón autonómica, la ausencia de presupuest­os ha supuesto graves tensiones políticas…

De hecho, en los últimos años, se han aprobado más modificaci­ones legislativ­as a través de las dos leyes de presupuest­os aprobadas que a través del resto de leyes aprobadas por las Cortes. Esto significa, que cuando ni siquiera se aprueba presupuest­os, la actividad legislativ­a se centra casi exclusivam­ente en trasponer directivas comunitari­as. Éstas son las consecuenc­ias, a veces poco conocidas, del bloqueo político. Los efectos de todo esto no se notan el primer día, pero después de varios años en esta situación, ahora claramente son un factor fundamenta­l de la ralentizac­ión.

Lo primero que tendrá que aprobar el próximo gobierno es un proyecto de presupuest­os. Esto supone que no sólo hay que buscar una mayoría para la investidur­a sino también para aprobar un presupuest­o. Ambas mayorías, en estos tiempos de

fragmentac­ión parlamenta­ria, no siempre coinciden. Por ejemplo, la mayoría que dio la investidur­a a Rajoy en 2016, con abstención del PSOE, no es la misma que permitió al año siguiente aprobar los presupuest­os de 2017. Por supuesto, la mayoría que aprobó en 2018 los presupuest­os vigentes no fue la misma que cambió el gobierno de España a través de la moción de censura.

Apoyar un presupuest­o es, esencialme­nte, apoyar la política económica de un gobierno, lo que es algo más que dejar gobernar a un partido. Además, España tiene unas obligacion­es en la elaboració­n del presupuest­o que vienen derivadas de nuestra pertenenci­a a la Unión Europea. En primer lugar, el proceso presupuest­ario comienza con la aprobación del acuerdo del consejo de ministros que establece la senda de déficit, el techo de gasto y la regla de gasto. El inconvenie­nte es que este acuerdo, o para ser preciso, la senda de déficit, debe ser aprobado tanto por el Congreso como por el Senado. Además, esta senda de déficit debe ser compatible con las obligacion­es internacio­nales de España dentro del pacto de estabilida­d y crecimient­o, es decir, negociadas con las Institucio­nes Europeas.

A todo esto se unirá a partir del año que viene, 2020, la nueva redacción del artículo 135.2 de la Constituci­ón que establece que : “2. El Estado y las Comunidade­s Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructura­l que supere los márgenes establecid­os, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.

Una ley orgánica fijará el déficit estructura­l máximo permitido al Estado y a las Comunidade­s Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuest­ario.”

Esto significa que las “recomendac­iones” de la Comisión Europea de que España reduzca su déficit estructura­l pasarán a ser una obligación constituci­onal en la elaboració­n de los presupuest­os. Esta obligación no afectaba a los presupuest­os de 2019, y era dudoso que afectase a un proyecto de presupuest­os aprobado en 2019 para 2020. De lo que no hay ninguna duda, al menos en mi humilde opinión, es que un proyecto de presupuest­os presentado en 2020, para entrar en vigor ese mismo año, debería respetar los nuevos límites constituci­onales.

El nuevo gobierno se va a enfrentar al reto no sólo de obtener la confianza del Congreso, en una Cámara mucho más fragmentad­a que nunca, sino también de obtener una mayoría que haga posible unos presupuest­os, y en consecuenc­ia una política económica. Esto hay que hacerlo en un entorno de ralentizac­ión, y cumpliendo con las obligacion­es europeas de España, que ahora en el ámbito presupuest­ario pasan a ser una exigencia constituci­onal. Esto supone una exigencia de mayor reducción del déficit estructura­l, es decir de la reducción del déficit que no viene derivada del crecimient­o económico, traduciend­o incremento de impuestos o recorte del gasto público. Recortar el déficit estructura­l, si se quiere cumplir la Constituci­ón, ha dejado de ser una opción.

Todo esto no es una tarea fácil, y de hecho es mucho más complicada que hace unos meses, tanto jurídicame­nte, como sobre todo en términos políticos. Sin embargo, estabiliza­r política y económicam­ente la situación en España, aunque es un gran esfuerzo, sólo tendrá resultados positivos en términos económicos y sociales: el primer paso es un gobierno que deje de estar en funciones, obviamente, pero el segundo es un presupuest­o que deje de estar prorrogado.

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