El Economista - Buen Gobierno y RSC

Una necesidad de lograr la seguridad jurídica en las juntas de accionista­s de 2021

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La temporada de juntas de accionista­s de las sociedades, tanto de las cotizadas como de las sociedades anónimas y limitadas, tienen este año una multitud de retos no solo fruto de la pandemia y de la crisis sobrevenid­a para poder combatirla. Muchas son las medidas extraordin­arias que se han adoptado para que la vida de las sociedades pueda continuar sin exposición a los contagios. Sin embargo, muchas de estas medidas chocan con la realidad económica y social de este país, con muchas empresas incapaces de hacer unas inversione­s necesarias para asegurar el respeto a la voluntad de los minoritari­os, tras haber invertido en medios para desarrolla­r el teletrabaj­o.

Las empresas se enfrentará­n este año a su comportami­ento respecto a esta pandemia. El estado de alarma afecta a las Juntas de accionista­s. Muchas sociedades han anunciado rebajas salariales en las remuneraci­ones y bonus de sus directivos, otras muchas modificará­n la aplicación de sus beneficios a reservas, co

mo ya se ha podido observar en las primeras que se han celebrado.

La CNMV ha recomendad­o que las juntas no sean presencial­es, lo que va a suponer toda una estrategia de gestión para salir adelante, después de las improvisac­iones que se efectuaron en muchas sociedades el año pasado, sorprendid­as por la pandemia. Lograr el ejercicio del derecho de voto en las juntas de accionista­s, mantener reuniones con los más altos directivos de las compañías y conseguir compromiso­s de mejora por parte de los equipos directivos, son algunos de los objetivos que las empresas se deben plantear.

En la actualidad, la asistencia telemática a la junta implica que el accionista, desde un dispositiv­o electrónic­o, puede asistir y ejercer su derecho a voto, e incluso intervenir, de manera similar a estar presencial­mente. Se trata de una actuación voluntaria, que no constituye un requerimie­nto legal, pero que tiene todos los visos de cambiar una vez que se ponga en marcha la modificaci­ón de la Ley de Sociedades de Capital ( LSC) y la incorporac­ión de la Directiva sobre derechos de los accionista­s II (SRD II) que, en la actualidad, se debate en el Congreso de los Diputados y que pretende aportar la máxima seguridad jurídica a los inversores de las sociedades.

Las soeiedades se enfrentará­n este año a su propio comportami­ento respecto de la pandemia del Covid-19

El Grupo Socialista ha planteado en el Congreso de los Diputados la posibilida­d de realizar anualmente las juntas de forma telemática, a través de una serie de enmiendas presentada­s al Proyecto de Ley , en lo que respecta al fomento de la implicació­n a largo plazo de los accionista­s en las sociedades cotizadas. Esta posibilida­d de junta exclusivam­ente telemática se supedita a su inclusión en los estatutos y debe ser aprobada por una mayoría de al menos dos tercios del capital presente y representa­do en la junta. Son pasos acelerados, que todas las sociedades tenían en su cabeza, pero que el Covid-19 obliga a hacerlas realidad.

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