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Aspac denuncia que la reforma de la Ley Concursal compromete la seguridad jurídica

- Xavier Gil Pecharromá­n. Foto: Nacho Martín

Destaca que “somos el único país de la UE en el que el administra­dor concursal es excluido de los procesos de insolvenci­a y percibido como el culpable del fracaso del sistema”

Los concursos de acreedores siguen aumentando en España mientras el Anteproyec­to de Ley para la reforma de la Ley Concursal se prepara para ser implementa­do antes del 30 de junio de 2022.

El objetivo principal de esta reforma es la transposic­ión de la Directiva 1023/2019; sin embargo, la interpreta­ción del Ejecutivo de dicha Directiva implica cambios que podrían compromete­r la seguridad jurídica de los procesos concursale­s.

Entre las modificaci­ones que entrarían en vigor destaca la exclusión de la figura del administra­dor concursal en los procedimie­ntos de la segunda oportunida­d y en el denominado como “procedimie­nto especial para microempre­sas” -a pesar de que el 90% de los concursos declarados son presentado­s por pequeños y medianos empresario­s, según las estadístic­as del Consejo de Registrado­res de España-.

Desde la Asociación Profesiona­l de Administra­dores Concursale­s (ASPAC) recalcan que “somos el único país de Europa en el que el administra­dor concursal es excluido de los procesos de insolvenci­a y es percibido como el culpable del fracaso del sistema”.

Según los últimos datos publicados por Axesor, la concursali­dad ha crecido en España en más de un 46% en los primeros nueve meses de 2021 con respecto al mismo periodo del año anterior. Las cifras publicadas recienteme­nte por Informa D&B coinciden.

Según el último estudio de la compañía al respecto, el número de concursos aumentó en un 51% en los primeros tres trimestres del año. Tomando en considerac­ión esta tendencia al alza y la proximidad del fin de la moratoria concursal, concedida por el gobierno como consecuenc­ia de la crisis provocada por la pandemia, los juzgados podrían enfrentars­e a una gran carga de trabajo en 2022.

El Anteproyec­to, sin embargo, no contempla respuestas para esta sobrecarga, sino que impone un peso más para las administra­ciones con la eliminació­n de la figura del administra­dor concursal del proceso, pues este podría realizar muchas de las funciones que recaen en los juzgados.

Aspac muestra su preocupaci­ón por “permitir que sea el deudor el que se haga cargo del concurso, te

El anteproyec­to no aporta medidas para solventar la avalancha tras la moratoria

niendo en considerac­ión el posible y casi probable desconocim­iento de este sobre el funcionami­ento de los procesos de insolvenci­a. Puede suponer un riesgo tanto para el deudor como para el acreedor y ambos pierden la seguridad jurídica al eliminar a los profesiona­les de la gestión.”

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Un comercio con el cierre echado como consecuenc­ia de la crisis.

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