Álava retrasa la renta a septiembre y Hacienda amplía los plazos tributarios
El fisco pausa los plazos de prescripción El aplazamiento fiscal solo opera para pymes que facturen hasta seis millones
Los efectos de la pandemia del coronavirus han comenzado a notarse ya también en el calendario fiscal. Más allá del aplazamiento en el pago de determinados impuestos para pymes y autónomos anunciado el jueves por el Gobierno, Hacienda ultima medidas adicionales para ampliar los plazos en los procedimientos tributarios. Algunos territorios forales han ido incluso más lejos, como es el caso de Álava, que ha retrasado a septiembre la campaña de la renta.
La Hacienda foral informó el viernes a sus contribuyentes de que impulsará la presentación telemática de declaraciones y que la modalidad presencial queda retrasada hasta el noveno mes del año, frente al tradicional periodo primaveral.
La Agencia Tributaria, por su parte, está ultimando medidas excepcionales interrumpiendo el contador de los trámites tributarios para impedir que los procedimientos expiren como consecuencia de la parálisis que ha traído la pandemia. “Los plazos en los procedimientos tributarios van a ser ampliados mediante un cambio normativo inminente”, se avanzaba ayer en la web del fisco. “No se preocupe si tiene un trámite pendiente. En tanto se aprueba el cambio normativo la Agencia es consciente de la situación y no considerará incumplido el plazo”, se informaba a los contribuyentes con procedimientos abiertos, a los que se avanzaba aplazamientos de citas pendientes de nuevas fechas.
A la espera de que estas medidas se concreten, lo que sí opera desde el viernes es el plan de aplazamiento en el pago de obligaciones tributarias que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció el jueves como primera medida estrella de su plan de choque contra la pandemia
Vamos a “i nyectar 14.000 millones de euros de liquidez en nuestro sistema económico” con esta medida, estimó Sánchez, que también anunció la inyección de 3.800 millones al sistema sanitario, 400 a los sectores afectados y 25 a comedores infantiles.
En el caso de la facilidad fiscal, la media se presentó como una fórmula para dar liquidez a pymes y autónomos concediendo aplazamientos y fraccionamientos de sus deudas tributarias con la Administración por un plazo de seis meses, sin intereses. La medida, sin embargo, no se concretó hasta el viernes, cuando fue publicada en el Boletín Oficial del Estado dentro del Real Decreto-Ley de medidas urgentes adoptadas por el Ejecutivo para paliar los efectos económicos de la epidemia. Y, la letra pequeña, acota con fuerza los potenciales beneficiarios.
En concreto, según destaca el texto, “será requisito necesario para la concesión del aplazamiento que el deudor sea persona o entidad con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019”. Es decir, que solo las pymes o autónomos con una facturación de hasta seis millones de euros en el conjunto del año pasado podrán optar a beneficiarse de esta iniciativa del Gobierno.
El BOE también aclaraba que la medida entraba en vigor el mismo viernes permitiendo que hasta el 30 de mayo, ambas jornadas inclusive, las pequeñas empresas y trabajadores por cuenta propia que lo necesiten puedan aplazar el pago de hasta 30.000 euros en impuestos durante seis meses, con tres meses de carencia.
Estos aplazamientos se concederán por un plazo de medio año, pero las empresas tendrán la opción de devolver el dinero a los tres meses y no abonar nada en intereses, matizaban fuentes oficiales.
De esta forma, el colectivo de potenciales beneficiaros podrá solicitar aplazamientos de tributos que hasta ahora no podían solicitarse según la Ley General Tributaria. Es el caso de aplazar las retenciones del IRPF, cuotas repercutidas de IVA y pagos fraccionados del impuesto sobre sociedades.