Cinco Dias

La Audiencia ratifica una multa contra Sabadell por mala praxis en la venta de fondos

La CNMV detectó que cobraba comisiones excesivas El banco ya compensó a los clientes damnificad­os

- MIGUEL M. MENDIETA

La Audiencia Nacional ha hecho pública una sentencia que ratifica la multa de un millón de euros impuesta por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) a Banco Sabadell por cobrar comisiones excesivas en fondos de inversión. El banco había recurrido la decisión del regulador, de 2016, pero la Audiencia ha desestimad­o el recurso.

Los hechos que provocaron la sanción se remontan a febrero de 2014. Ese mes, la inspección de la CNMV analizó en profundida­d las carteras de fondos gestionada­s o asesoradas por Banco Sabadell para varios miles de clientes.

Los investigad­ores detectaron que en el 35% de las operacione­s analizadas Banco Sabadell no había ofrecido a los inversores la clase de acción más barata.

La mayoría de los fondos de inversión cuentan con varias clases de acciones, cada una con diferentes comisiones. Cuando se invierten cantidades grandes, se puede acceder a clases con comisiones más bajas.

Lo que descubrió el personal de la CNMV es que muchos particular­es tendrían que haber accedido a clases más económicas. Es decir, que tendrían que haber pagado menos comisiones.

De acuerdo con la resolución del supervisor financiero, el importe que Banco Sabadell cobró de más a sus clientes asciende a 1,47 millones de euros. De esa cantidad, el 82% lo ingresó la propia entidad en concepto de retrocesio­nes (comisiones que se cobran por la labor de comerciali­zación de un fondo) y el resto fue a parar a otras gestoras, cuyos fondos también comerciali­zaba el banco.

Tras la inspección de 2014, la gestora de Banco Sabadell puso en marcha un plan para ir corrigiend­o las malas prácticas detectadas y buscar para sus clientes las clases de los fondos más económicas. Además, inició un programa de reparación, para devolver los 1,47 millones de euros cobrados de más.

La Audiencia Nacional, aunque ha valorado estos dos factores, considera que la sanción establecid­a por la CNMV fue proporcion­ada.

La normativa europea sobre mercados financiero­s, conocida como Mifid 2, y que entró en vigor en España hace dos años, incidía muy especialme­nte en la limitación de las comisiones de retrocesió­n y en la obligación que tienen las empresas de servicios financiero­s de buscar siempre las tipologías de fondos más asequibles para sus clientes.

Aunque los hechos analizados por la CNMV son previos a la trasposici­ón en España de Mifid 2, el supervisor consideró que los hechos constituía­n una infracción muy grave al haber vulnerado el artículo 99 de la Ley del Mercado de Valores, que exige a las empresas de servicios financiero­s que adopten medidas para evitar conflictos de interés.

La CNMV ya había emitido en 2009 un comunicado en el que exigía a las entidades que cuando estuvieran gestionand­o carteras de fondos o asesorando eligieran “aquel fondo o clase que resulte más beneficios­o para su cliente, siempre que sus condicione­s objetivas se adapten al inversor”.

Las irregulari­dades de Banco Sabadell se detectaron en carteras gestionada­s de fondos propios del banco (1.281 casos) y en carteras de fondos de gestoras extranjera­s (232 casos). Y también en asesoramie­nto sobre fondos propios (675 casos) y asesoramie­nto sobre fondos de gestoras extranjera­s (571 casos). En todas estas carteras y productos, los clientes podrían haber accedido a clases o acciones más baratas.

Banco Sabadell tiene la posibilida­d de recurrir la sentencia de la Audiencia Nacional, a través de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, aunque todavía no ha aclarado si lo hará. Tendrá 30 días para hacerlo desde la notificaci­ón de la sentencia. Sabadell tendrá que hacerse cargo de las costas procesales por la apelación en la Audiencia.

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REUTERS Una sucursal de Banco Sabadell en Pineda de Mar (Barcelona).

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