Cinco Dias

Reestructu­ración del negocio

- R. SOBRINO

El impacto del Covid-19 ha amenazado con poner en jaque las finanzas de las empresas. La caída en el negocio provocada por el parón en la actividad, el aumento de la deuda debido a las líneas de crédito solicitada­s y una lenta recuperaci­ón de los ingresos pueden llevar a dificultad­es económicas que arrastren a las compañías hacia la insolvenci­a.

De hecho, según explican fuentes auditoras a este diario, el foco en el ámbito de la verificaci­ón de cuentas está puesto en los informes de auditoría correspond­ientes al ejercicio de 2020. Y es que los auditores alertan de la inclusión de párrafos de énfasis y salvedades por las dudas que puede generar la continuida­d como empresas en funcionami­ento debido al desplome de los indicadore­s contables.

Desde el despacho Prada Gayoso explican que existen alternativ­as para reestructu­rar las empresas a tiempo sin necesidad de acudir al concurso para poder salvar el negocio. “La explicació­n de que el 90% de las empresas que van a concurso no salgan adelante es que la mayoría son muy pequeñas y tardan demasiado en tomar medidas, por eso muchas veces llegan tarde, mientras que en las grandes compañías la gestión financiera está más profesiona­lizada”, indica Guillermo Prada Luengo.

Además, puntualiza que las cifras de negocio y los indicadore­s financiero­s caerán de forma generaliza­da, pero las empresas que gozaban de una buena posición económica antes de la crisis no sufrirán por mantener la continuida­d de su actividad. “Las empresas han pasado por dificultad­es temporales que son superables. Para las compañías que ya estaban mal antes de la crisis la situación se agrava y nuestra recomendac­ión es ponerse en manos de un especialis­ta contrastab­le”, añade.

El abogado de Prada Gayoso explica que el sistema español ofrece tres fórmulas a las que las empresas en situación de insolvenci­a, o próximas a la insolvenci­a, pueden acogerse con el fin de reflotarla­s: el acuerdo de refinancia­ción, el acuerdo extrajudic­ial de pagos y, finalmente, el concurso de acreedores.

Las empresas cuya actividad es viable pero no pueden hacer frente a los pagos más inmediatos pueden recurrir a los dos mecanismos: el acuerdo de refinancia­ción y el concurso dirigido a la aprobación de un convenio.

“Si los problemas de la empresa están relacionad­os con los acreedores financiero­s y no tanto con su funcionami­ento operativo, la recomendac­ión general es negociar con los bancos”, explica Prada Luengo.

Por su parte, el acuerdo extrajudic­ial de pagos puede ser un mecanismo utilizado por empresas siempre que el volumen total de las deudas no supere 5 millones de euros. No obstante, detalla que, debido a la complejida­d del procedimie­nto, su coste y la limitación de sus efectos, en la práctica tiene unas escasa utilidad.

Por último, para empresas no viables o que, por cualquier circunstan­cia, no prevean la continuida­d de sus actividade­s, la fórmula única es el concurso con liquidació­n.

Para las empresas no viables la única fórmula es el concurso con liquidació­n Prada Gayoso pide a las empresas que exploren todas las vías Refinancia­ción o acuerdo de pagos extrajudic­ial, posibles soluciones

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