Cinco Dias

Las medidas claves de ‘compliance’ para evitar que los partidos cometan delitos

El PP ha anunciado que implantará un nuevo programa de transparen­cia Se trata de una obligación de las formacione­s vigente desde 2015

- I RENE CORTÉS

Hace una semana, Pablo Casado declaró que el Partido Popular abandonará la tradiciona­l sede de la calle Génova a raíz de las investigac­iones judiciales por corrupción. En un mensaje dirigido a la militancia, el líder de la formación manifestó que no procedía seguir en un edificio “cuya reforma se está revisando esta misma semana en los tribunales”. Paralelame­nte, anunció la creación de un nuevo departamen­to de compliance, que establecer­á, en palabras de Casado, mecanismos de transparen­cia, rendición de cuentas “y un canal anónimo de denuncias con absolutas garantías, por supuesto”.

Aunque se presentó como una idea novedosa, lo cierto es que hace tiempo que las formacione­s políticas tienen la obligación de contar con un plan para la prevención de delitos. En concreto, este deber se introdujo en 2015, en el artículo 9 bis de la Ley de Partidos. Y es que, debido a la naturaleza de su actividad, estas organizaci­ones son especialme­nte sensibles a este tipo de riesgos. “Es más fácil que un partido cometa alguno de los delitos que desencaden­an responsabi­lidad penal corporativ­a a que lo haga una empresa”, señala Sylvia Enseñat, presidenta de la Asociación Española de Compliance (Ascom).

Identifica­r riesgos

Para diseñar un plan de compliance verdaderam­ente efectivo, es esencial que la formación empiece por identifica­r los riesgos a los que está expuesta. Por ejemplo, delitos de cohecho, financiaci­ón ilegal de partidos, tráfico de influencia­s o revelación de secretos, entre otros.

Para sortearlos, la organizaci­ón debe elaborar protocolos para saber cómo actuar en diferentes situacione­s. Por ejemplo, en un conflicto de intereses, a la hora de aceptar regalos, de tratar con los proveedore­s o para garantizar la protección de los datos personales de los afiliados.

‘Compliance officer’

En todo plan de cumplimien­to normativo es esencial la figura del compliance officer, o director de cumplimien­to normativo. Esta figura tiene la función de monitoriza­r a la formación en su conjunto y verificar que se cumple el protocolo de prevención de delitos.

Como recalca Enseñat, este responsabl­e debe ser independie­nte, “y no estar sometido a instruccio­nes de superiores que comprometa­n su libertad al trabajar”. Del mismo modo, su posición debe estar revestida de autoridad, y debe ser cercano a la cúpula para poder tomar medidas en caso de detectarse alguna anomalía.

Recursos

Por otro lado, Miquel Fortuny, socio de Fortuny Legal, subraya la importanci­a de dotar de recursos al plan y no dejar que la iniciativa se convierta en lo que los expertos denominan paper compliance. Es decir, “que no se sea papel mojado y tenga una aplicación y efectivida­d real”, resume.

Conciencia­ción

Como ocurre en las empresas, ningún plan de prevención de delitos tiene éxito si no viene acompañado de un cambio de conciencia­ción. “Los líderes de la organizaci­ón deben predicar con el ejemplo y fomentar la cultura del cumplimien­to”, advierte Fortuny. Para ello, es importante formar y sensibiliz­ar a los miembros en la importanci­a de esta materia.

Canal de denuncias

Se trata de una de las medidas más importante­s en todo protocolo de cumplimien­to. “Muchos de los escándalos que afectan a partidos se han conocido a través de denuncias internas”, recuerda Enseñat. Este canal, agrega, debe ser independie­nte, garantizar el anonimato de la persona que denuncia y, sobre todo, asegurar que no sufrirá represalia­s.

Revisión periódica

Para que el plan sea realmente eficaz, es esencial que se revise cada poco tiempo para verificar que es efectivo. De no realizarse esta actualizac­ión, la entidad podría ser declarada penalmente responsabl­e en el caso de que se produzca una infracción penal.

Auditorías

Más allá de estas medidas, Andrés Herzog, abogado y autor de un estudio sobre los planes de compliance de los partidos políticos españoles, considera que sería necesario obligar a las formacione­s a someter sus protocolos a una auditoría externa. “Sería bueno que organismos públicos e independie­ntes, como por ejemplo el Tribunal de Cuentas, realizaran esta tarea”, concluye.

Por su actividad, los partidos son más sensibles a la comisión de cierto tipo de faltas

Las formacione­s no muestran mucho interés en adoptar medidas de prevención

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EFE El líder popular, Pablo Casado, durante una sesión de control en el Congreso de los Diputados.

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