El Gobierno aprueba las garantías de origen de los gases renovables
Un nuevo objetivo del 12% de penetración de biocarburantes para 2023
El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto que crea el sistema de garantías de origen para los gases renovables, como el hidrógeno verde, el biogás o el biometano, que permitirá a los comercializadores y consumidores diferenciarlos del gas de origen fósil.
La norma también incorpora al ordenamiento jurídico los criterios de sostenibilidad y de reducción de CO2 de la normativa comunitaria para la biomasa sólida y el biogás, los biocarburantes y los biolíquidos para transporte, usos eléctricos, calefacción y refrigeración, así como los objetivos de penetración de los biocarburantes a partir del año 2023, que deberán alcanzar el 12% del consumo en 2026.
También introduce las contribuciones de los biocarburantes avanzados y del biogás en el transporte, que como mínimo serán del 0,3% en 2023, del 1% en 2025 y del 3,5% en 2030. El decreto traspone así parcialmente la Directiva 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, en lo relativo a los criterios de sostenibilidad y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de la bioenergía y a las garantías de origen del gas procedente de fuentes renovables.
Gracias a las nuevas garantías de origen (similares a las existentes para la electricidad producida con renovables) cada MWh de gas 100% verde dará lugar a la emisión de una garantía de origen con información sobre dónde, cuándo y cómo se produjo el gas.
La norma creará también un censo de instalaciones de producción de gas procedente de renovables y un comité de productores. Estos y los comercializadores podrán intercambiar las garantías de origen de forma transparente y segura dentro del sistema, que documentará la producción, transferencia y cancelación de las garantías de origen.
Las garantías certificarán el volumen de gas y su calidad, diferenciando entre hidrógeno obtenido con renovable, biometano, biogás u otros y abarcará cualquier gas renovable producido y consumido, ya sea in situ, autoconsumido e inyectado o no a la red de gasoductos.