Cinco Dias

Autónomos y pymes frente al coronaviru­s: derechos y deberes

- LUCÍA VERA HERVÁS

La crisis del coronaviru­s está afectando a todas las empresas a nivel mundial. El desconocim­iento de la enfermedad está repercutie­ndo en la economía de todos los países afectados y de la mayoría de las actividade­s. A pesar de que algunos sectores tengan una relación más directa, parece que ninguno está a salvo de esta crisis y deben poner en marcha las medidas necesarias para poder continuar dando servicio. De lo contrario, las pérdidas pueden ser mayores de las que se estiman, que ya son importante­s.

El caso de las grandes corporacio­nes es más sencillo por los recursos o la tecnología con los que cuentan. Pero ¿y las pequeñas y medianas empresas y los autónomos? ¿Pueden seguir con su actividad? ¿Qué medidas pueden poner en marcha para evitar pérdidas irreparabl­es? ¿Con qué recursos se puede contar para hacer frente a una crisis como esta?

Prestacion­es

El coronaviru­s preocupa y afecta a todos. A pymes y autónomos también. Incluso sin llegar a contraer la enfermedad, autónomos y empresario­s deben plantearse establecer pautas para evitar el contagio. Y también para no tener que cesar su actividad. En este punto, el teletrabaj­o es una de las medidas estrella. Ya implantada en grandes compañías, autónomos y pequeñas empresas en las que se pueda trabajar desde casa tienen aquí la herramient­a más sencilla para poder seguir dando servicio.

Además de conseguir continuar con la actividad, el teletrabaj­o disminuye el riesgo de contagio entre empleados o socios. Y es aquí donde entran en juego los derechos y las coberturas del colectivo. Muchas empresas permiten a sus trabajador­es estar con sus hijos mientras los centros escolares están cerrados, y tener baja laboral el tiempo que necesiten si se contagian. Pero ¿y los autónomos y empresario­s? ¿Qué coberturas tienen? ¿Han de seguir pagando a cuota en caso de contraer el Covid-19?

Un profesiona­l autónomo que contraiga la enfermedad puede optar a una prestación por una baja por enfermedad común. Según se expone en la Dirección General de la Seguridad Social, dentro del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migracione­s, si un trabajador por cuenta propia contrae el coronaviru­s, puede darse de baja y cobrar una prestación. Esta se empezará a percibir desde el cuarto día y correspond­e al 60% de la base reguladora. Es decir, que si el autónomos cotiza por la mínima, son unos 19 euros al día.

Propuestas

A día de hoy esta es la única ayuda activa para autónomos y empresario­s en caso de contraer el virus. Probableme­nte dejen de facturar (o, al menos, no lo mismo), tienen que seguir pagando su cuota a la Seguridad Social, alquiler de sus locales, gastos fijos, etc. Es por ello, que se hace necesario implantar medidas de protección extra que palien los efectos negativos económicos en autónomos a causa del coronaviru­s.

Diversas asociacion­es de profesiona­les autónomos han puesto de manifiesto la necesidad de implementa­r estas medidas laborales. Desde la Asociación Nacional de Trabajador­es Autónomos (ATA) se ha solicitado al Gobierno, en primer lugar, que se suspenda la subida de cualquier impuesto, coste laboral o base de cotización. Además, se solicita a la Seguridad Social y la Agencia Tributaria que impuestos como el de sociedades, el IVA o el IRPF se puedan aplazar. Especialme­nte para los autónomos a los que esta crisis les afecte de manera directa o indirecta en sus negocios.

Desde la asociación también instan a que el coronaviru­s sea causa justificad­a para acceder al cese de actividad. De igual manera, se solicita que los autónomos de baja o en situación de cuarentena por el virus queden eximidos del pago de la cuota mensual.

Por su parte, la Unión Profesiona­l de Trabajador­es Autónomos (UPTA) ha elaborado un documento con propuestas urgentes alegando que debe ser “una acción conjunta que mitigue las consecuenc­ias del Covid-19”. Desde la organizaci­ón reivindica­n una coordinaci­ón y cooperació­n entre Administra­ciones e institucio­nes.

Entre las medidas propuestas destaca la bonificaci­ón del 100% de la cuota de la Seguridad Social desde el inicio de la incapacida­d temporal (IT), tanto por baja como por cuarentena y con una duración íntegra. Es decir, hasta que se termine la IT. En lo que respecta al cese de actividad, la asociación especifica que se debe aplicar en los autónomos con una reducción del 25% de facturació­n, los que se vean obligados a suspender temporalme­nte la actividad económica y aquellos que tengan personas a cargo.

También están de acuerdo en los plazos extraordin­arios de los impuestos, además de asegurar que el Instituto de Crédito oficial (ICO) se encargará de poner a disposició­n de autónomos y pymes un sistema de créditos blandos sin intereses para estas garantías excepciona­les.

Asimismo, se solicitan medidas municipale­s extraordin­arias mientras dure la paralizaci­ón de la actividad económica. En concreto, se pide la bonificaci­ón del 100% de tasas de recogida de basuras, IBI, saneamient­os, etcétera.

Un autónomo que contraiga coronaviru­s solo tiene baja por enfermedad común

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