Cinco Dias

La urgente tarea de poner luz en la fiscalidad de las criptotran­sacciones

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Los NFT o tokens no fungibles son un buen ejemplo de las nuevas realidades que la Dirección General de Tributos va a tener que analizar cada vez con más frecuencia a la hora de aplicar la normativa fiscal a operacione­s que van por delante de la regulación, pero que no deben ni pueden quedarse al margen de ella. Tributos acaba de aclarar que la producción y venta de NFT, los criptoacti­vos más populares en la industria del arte, debe tributar al 21% en el IVA y no como las transaccio­nes de obras de arte tradiciona­les, que lo hacen a un tipo reducido del 10%. La razón está en la naturaleza de uno y otro activo, dado que mientras los tokens no fungibles “son certificad­os digitales de autenticid­ad que, mediante la tecnología blockchain, se asocian a un único archivo digital”, cuya venta otorga al comprador derechos de uso, pero nunca un derecho de propiedad, la adquisició­n de una obra de arte tradiciona­l comprende también la transmisió­n del derecho de propiedad. Tributos considera así que la operación debe tributar como una prestación de servicios digitales, es decir, al tipo general de IVA.

Pese a que el hecho de que Hacienda comience a resolver consultas relacionad­as con criptoacti­vos constituye una buena noticia, puesto que esas resolucion­es irán marcando el camino hacia una regulación que dote a este tipo de transaccio­nes de mayor seguridad jurídica, los expertos coinciden al augurar la dificultad de calcular el impacto regulatori­o que una resolución como esta tendrá sobre un mercado que se caracteriz­a por su opacidad. Aunque Tributos ha aclarado algunas dudas, como el criterio a seguir cuando los intervinie­ntes en la operación están en diferentes países, el hecho de tratarse de un mercado no solo digitaliza­do y en el que se opera sin fronteras, sino también escasament­e regulado constituye una dificultad añadida a la hora de aplicar la normativa fiscal.

El crecimient­o exponencia­l de los criptoacti­vos en todo el mundo –en España hasta un 12% de la población opera ya con ellos– hace prever que no solo la Dirección General de Tributos, sino también los tribunales de justicia tendrán que afrontar cada vez con mayor frecuencia la difícil tarea de poner luz y derecho donde actualment­e hay opacidad. El Banco de España ha advertido de que España es ya la quinta economía de Europa por volumen de transaccio­nes con criptomone­das, lo que hace urgente impulsar cuanto antes una regulación coordinada con Europa para tratar de poner puertas a un campo complejo y extremadam­ente difícil de supervisar.

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