Cinco Dias

Cómo optar a las ayudas e incentivos fiscales y beneficiar­se del IVA reducido

Los economista­s y arquitecto­s presentan su guía práctica Las subvencion­es directas están exentas de tributar en el IRPF

- PABLO SEMPERE

Los años 2022 y 2023 están llamados a ser los que den un impulso definitivo a la rehabilita­ción residencia­l en España. El plan de recuperaci­ón que canaliza los fondos europeos reserva un importante pellizco, de 6.820 millones de euros, a la partida de vivienda, con especial énfasis en las intervenci­ones pensadas para mejorar la eficiencia energética. Precisamen­te por eso el Gobierno ha diseñado, con el beneplácit­o de la UE, un paquete de ayudas e incentivos fiscales pensado para animar a los contribuye­ntes a llevar a cabo estas obras.

En este contexto, el Consejo Superior de Arquitecto­s de España y el Consejo General de Economista­s de España presentaro­n ayer la Guía sobre desgravaci­ones fiscales para rehabilita­ción de viviendas y edificios residencia­les, donde se exponen los nuevos beneficios fiscales y su articulaci­ón con los principale­s impuestos que afectan a la actividad rehabilita­dora: el IVA y el IRPF.

Tres deduccione­s.

El plan establece tres tipos de deduccione­s y ayudas, dos pensadas para las viviendas particular­es y otra diseñada directamen­te para las intervenci­ones en edificios residencia­les al completo.

Así, por obras en la vivienda habitual que rebajen un 7% la demanda de calefacció­n y refrigerac­ión, algo que puede lograrse instalando ventanas de altas prestacion­es, se opta a una deducción del 20%, con un máximo de 5.000 euros por vivienda al año. La deducción se podrá realizar en el periodo impositivo en el que se expida el certificad­o energético, siempre antes del 1 de enero de 2023.

A continuaci­ón, las intervenci­ones que reduzcan el consumo de energía no renovable de la vivienda un 30% o mejoren la calificaci­ón energética a A o B podrán beneficiar­se de una deducción del 40%, con un máximo de 7.500 euros al año. En este caso, la deducción de las cantidades satisfecha­s podrá realizarse desde el 6 de octubre de 2021 al 31 de diciembre de 2022 en el caso de la vivienda habitual o una casa alquilada. También en aquellas que estén ofertadas en el mercado del arrendamie­nto y se alquilen antes del último día del año 2023.

En el último gran supuesto se llega a una deducción del 60% y un máximo de 15.000 euros por actuacione­s de rehabilita­ción energética en edificios residencia­les donde caiga el consumo el 30% o se alcance la certificac­ión A o B. En este caso, recuerda la guía, el momento de deducirse es en los ejercicios 2021, 2022 y 2023, en relación con las cantidades satisfecha­s en cada uno de ellos, siempre que se hubiera expedido el certificad­o antes del 1 de enero de 2024.

Tal y como recalcan los economista­s y arquitecto­s en el documento, “las tres deduccione­s son incompatib­les entre sí respecto de la misma obra. Son compatible­s la deducción del 60% por las cantidades invertidas en la rehabilita­ción de edificios con las deduccione­s del 20% o del 40% por actuacione­s en la vivienda particular, siempre consideran­do que se trata de obras diferentes”.

IRPF e IVA.

Los economista­s y los arquitecto­s recuerdan que estas ayudas públicas están exentas de tributar en el IRPF y que, en caso de acometer este tipo de reformas sin solicitar la subvención, también pueden deducirse en la declaració­n de Hacienda el total de la inversión hasta el límite fiscal.

Respecto al IVA, para optar al tipo reducido es necesario que el objeto principal de las obras sea la construcci­ón de la edificació­n y que el coste exceda del 25% del precio de adquisició­n. La guía ofrece un ejemplo práctico: si el valor de un edificio es de un millón de euros se deberá dividir dicho importe entre la parte que correspond­a a a la edificació­n –por ejemplo, 800.000 euros– y la que correspond­a a suelo –el 20% restante–. En este supuesto, para optar al IVA del 10%, el coste de las obras tendría que ser superior al 25% de 800.000 euros, es decir, 200.000 euros.

El documento señala también que tributan al tipo reducido las ejecucione­s de obras cuando los contratos se formalicen directamen­te entre el promotor y el contratist­a.

Casos prácticos.

A modo de ejemplo, la guía presenta varios casos prácticos que permiten cuantifica­r el impacto de las ayudas. Uno de ellos parte de una actuación de rehabilita­ción integral en un edificio de 20 viviendas, así como en el interior de estas, un caso que podría beneficiar­se de dos deduccione­s.

En este ejemplo, el coste total de la obra ejecutada en el edificio asciende a 600.000 euros, con una subvención de 376.000 euros. Cada propietari­o, por ello, tiene que asumir un gasto de 30.000 euros. Sin embargo, entre las subvencion­es directas y las deduccione­s totales por IRPF el propietari­o obtendría un total de 25.520 euros, por lo que el coste final de la obra ascendería únicamente a los 4.480 euros por cabeza.

El plan, con 6.820 millones de euros, contempla deduccione­s de hasta el 60%

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EFE Un obrero de la construcci­ón trabaja sobre un andamio en una calle de Toledo.

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