Cinco Dias

Razones y pasos para registrar una marca

Por qué se recomienda el registro y cómo se lleva a cabo

-

Si tienes un proyecto, una idea o un diseño de algo, es muy recomendab­le que lo registres. Al final, una marca es lo que distingue un producto o un servicio de los competidor­es. Al registrar una marca, el emprendedo­r consigue un derecho en exclusiva para poder utilizarla y, al mismo tiempo, impedir que otras personas puedan emplear ese signo para ofrecer un producto o servicio similar. Esto también favorece que no haya confusione­s de cara a los consumidor­es potenciale­s.

En caso de que un emprendedo­r no registre su marca debidament­e, todas las inversione­s que realice con el fin de comerciali­zar su producto o servicio pueden ser fallidas, ya que sus competidor­es pueden utilizar la misma marca o una similar, que los consumidor­es pueden comprar. Por tanto, perderán las oportunida­des de negocio, no conseguirá­n llegar al público objetivo y tendrán una mala reputación e imagen.

Beneficios

Según la propia Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), los emprendedo­res deben registrar la marca por las siguientes razones.

Es garantía de que sus productos o servicios se distingan en el mercado.

Es un efecto diferencia­dor.

Favorece la buena imagen y reputación.

Puede ser objeto de concesión de licencias.

Son fundamenta­les para posibles acuerdos de franquicia.

Es un primer paso para conseguir financiaci­ón.

Impulsa el mantenimie­nto y mejora de la calidad del producto o servicio.

Supone un activo comercial.

Por tanto, las ideas emprendedo­ras se deben registrar para poder explotarla­s de la manera más eficiente y rentable.

Trámites

Para poder registrar una marca hay que acudir a la Oficina Española de Patentes y Marcas, ya que es la organizaci­ón responsabl­e de esta gestión. No obstante, es un trámite que puede hacerse íntegramen­te vía telemática. Para ello se deben seguir los pasos que exponemos a continuaci­ón.

Para empezar, entrar en la web oficial de la OEPM y hacer clic en “solicitud de marca o nombre comercial”. El sistema permite empezar una solicitud desde cero o continuar un trámite si lo has empezado. Esto puede ser útil en caso de que empieces con las gestiones y te falte algún dato o documento y no puedas terminar en ese momento la gestión. De esta manera, puedes dejar guardado lo que ya hayas hecho.

Lo siguiente será introducir los datos del solicitant­e de la marca. Los datos personales y de registro para poder acceder al mismo.

A continuaci­ón, se deben introducir los da

1. 2. 3.

tos del signo que se quiere solicitar. En este punto es importante primero elegir la modalidad del signo distintivo. Es de considerar que un nombre comercial no tiene por qué representa­r el producto o servicio que se comerciali­za. Por ello, la modalidad es determinan­te para identifica­r y diferencia­r la actividad que se desarrolla.

En este mismo punto se ha de escoger también el tipo de distintivo. Puede ser denominati­vo, figurativo, sonoro, de movimiento, multimedia, tridimensi­onal, etc. En caso de que quieras registrar un signo con elementos denominati­vos y gráficos, es crucial añadir una imagen en la que se incluyan todos los elementos.

Seguidamen­te, es el momento de elaborar el listado de productos, servicios o actividade­s para los que se quiere registrar el

4. 5.

signo distintivo. Esta selección es primordial para el solicitant­e, ya que de ella depende la extensión de la protección de la marca. Para ello, lo más recomendab­le es utilizar el buscador del propio sistema, en el que se muestra la lista de productos y servicios para elegir los que más se ajusten al signo que se va a inscribir. En caso de que se incluya algún producto que no se correspond­a con el tipo de actividad registrada, el sistema lo indica y se deberá solicitar en la Clasificac­ión Internacio­nal de Niza. Si tampoco se encuentra en esta categoría, el sistema avisará de que la solicitud pasará a ser revisada por la OEPM.

En caso de que el paso anterior no haya dado ningún problema y se hayan podido introducir todos los campos, es el momento de adjuntar la documentac­ión. El proceso

6.

permite buscar en el equipo los documentos que necesites para poder incorporar­los a la solicitud.

El borrador estaría listo en este momento. Se recomienda revisar bien para comprobar que todos los datos sean correctos.

Una vez comprobada toda la informació­n, se deberá abonar la tasa correspond­iente. Al realizar la gestión online, se tiene un beneficio del 15% de descuento Las fórmulas de pago son: tarjeta de crédito, de débito, mediante transferen­cia o a través de la pasarela de pagos de la Agencia Tributaria.

Por último, se deberá enviar un justifican­te de pago y la solicitud al correo electrónic­o que se haya indicado en los datos personales del solicitant­e. En este correo deberá constar también el número del signo solicitado, así como la fecha y la hora del registro.

7. 8. 9.

 ?? ??
 ?? ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain