Plena seguridad jurídica
Portal notarial. Con la nueva norma se podrá, además de pedir cita, recibir asesoramiento o solicitar copias simples (ya disponible en el portal notarial), realizar casi todos los servicios notariales mercantiles a través del portal notarial. A corto plazo se ha decidido poner el acento en la actividad societaria, pero está previsto que se extienda a los actos más comunes que realizan los ciudadanos, como testar o suscribir una hipoteca.
Espacio propio. En el Notariado existen la copia simple, que solo tiene valor informativo y la copia autorizada. Esta última puede ser electrónica, pero hasta ahora solo circulaba con plena validez hacia los jueces, fiscales y a la Administración. La futura ley contempla que puedan circular las copias autorizadas de empresas y particulares. A través de la sede electrónica notarial cada empresa o ciudadano ya puede contar con su propio espacio notarial donde se custodian sus documentos. “Respondemos así a lo que quiere hoy la ciudadanía, seguridad jurídica y máxima agilidad”, aclaran en el Notariado.
Mercado único. La cuarta medida apuesta por la constitución telemática de una sociedad en la que el titular sea un belga o un alemán y que se pueda ejecutar en cualquier país de la UE donde existan notarios. ¿Y si es seguro para Europa, por qué no para España? La ley incluye la constitución online de sociedades limitadas españolas, si el empresario así lo quiere.