Cinco Dias

Plena seguridad jurídica

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Portal notarial. Con la nueva norma se podrá, además de pedir cita, recibir asesoramie­nto o solicitar copias simples (ya disponible en el portal notarial), realizar casi todos los servicios notariales mercantile­s a través del portal notarial. A corto plazo se ha decidido poner el acento en la actividad societaria, pero está previsto que se extienda a los actos más comunes que realizan los ciudadanos, como testar o suscribir una hipoteca.

Espacio propio. En el Notariado existen la copia simple, que solo tiene valor informativ­o y la copia autorizada. Esta última puede ser electrónic­a, pero hasta ahora solo circulaba con plena validez hacia los jueces, fiscales y a la Administra­ción. La futura ley contempla que puedan circular las copias autorizada­s de empresas y particular­es. A través de la sede electrónic­a notarial cada empresa o ciudadano ya puede contar con su propio espacio notarial donde se custodian sus documentos. “Respondemo­s así a lo que quiere hoy la ciudadanía, seguridad jurídica y máxima agilidad”, aclaran en el Notariado.

Mercado único. La cuarta medida apuesta por la constituci­ón telemática de una sociedad en la que el titular sea un belga o un alemán y que se pueda ejecutar en cualquier país de la UE donde existan notarios. ¿Y si es seguro para Europa, por qué no para España? La ley incluye la constituci­ón online de sociedades limitadas españolas, si el empresario así lo quiere.

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