Cómo esperan que lo regule la Ley de Eficiencia Procesal
► Suspensión del procedimiento. “Pedimos que, si nos coincide con otra actuación judicial, tenemos un accidente o enfermedad que nos impida acudir o estamos de baja por maternidad o paternidad, se suspendan todos los procedimientos, no solo la vista judicial”, señala Lourdes Carballo, decana del colegio de Vigo.
► Maternidad y paternidad. “La nueva ley debe profundizar en el respeto a los derechos de los profesionales en cuanto a su conciliación. Por ejemplo, regulando, con las garantías precisas, el derecho a la suspensión del proceso durante los permisos de maternidad o paternidad”, indica Álvaro Perea, LAJ.
► Embarazo. “El legislador debería hacer una lista de causas taxativas en las que el LAJ no pueda decidir no suspender: cualquier baja del abogado ya sea por maternidad, paternidad, enfermedad o accidente. Y yo añadiría los 15 días anteriores a la fecha estimada de parto, ya que es difícil trabajar con la angustia de que en cualquier momento te puedes poner de parto”, apunta la abogada Mónica Gil.
► Conciliación. “Que llene los vacíos legales y los conceptos jurídicos indeterminados que existen en la actual regulación, para que no quepa lugar a dudas de los supuestos en los que exista obligación de suspender, y que por fin se consiga la tan manida conciliación familiar de los letrados”, reclama Amparo Martínez, vocal de Defenda.