LEYES ROMANAS
LOS ROMANOS SE REGÍAN POR TRES TIPOS DE LEYES:
1. El IUS CIVILE (derecho civil), un derecho creado por los romanos y solo para ellos.
2. El IUS GENTIUM: Regulaba las relaciones entre romanos y extranjeros. Era más sencillo que el ius civile y prescindía de complicados rituales. En época ciceroniana se identificó el ius gentium con el Derecho Natural, como un conjunto de preceptos jurídicos y éticos dictados por la naturaleza para todos los hombres y pueblos.
3. El IUS HONORARIUM: Se basaba en los edictos de los magistrados, y respondía al derecho que estos tenían de hacer reglamentos y comunicaciones (iuse dicendi). Solo el veto de otros magistrados (intercessio) podía limitar la libertad del pretor. Esto permitía adaptar el derecho al ritmo de las necesidades sociales, y convirtió al ius honorarium en la principal fuente del Derecho y en la creación más original de la capacidad jurídica de los romanos.