Córdoba

SIN PAN, CIRCO

- JOSÉ IGNACIO ORDÓÑEZ ABOGADO

“No podemos olvidar que los componente­s del jurado tienen casa y televisión, y tras cada sesión del juicio entran en contacto con la “tele-realidad”

Más que conocido es el viejo axioma romano del “panem et circenses” creado por el poeta latino Juvenal, y que describía la costumbre de los emperadore­s romanos de regalar trigo y entradas para los juegos circenses como forma de mantener al pueblo distraído de la política. En España, en anteriores épocas más oscuras, era costumbre del pueblo (propiciado o no por los o el gobernante) paliar sus frustracio­nes con la contemplac­ión de espectácul­os más o menos “culturales”. Así, dado que no se permitía la opinión política pública, los españolito­s se desfogaban con el apasionado análisis del toreo de muleta de Manolete o con el magnífico juego desplegado por el Real Madrid en la final de la 1ª, 2ª, 3ª o sucesivas Copas de Europa ganadas por el club merengue. Hoy parece que tan arraigada costumbre permanece en el vulgo y se tiende a distraer la actual falta de pan con un exceso de circo. Digo exceso porque el espectácul­o se va extendiend­o a facetas de la vida que no debieran formar parte del ‘show business’.

Por mi talante relativist­a y por la perspectiv­a que va concediend­o la edad, no tengo yo nada en contra de las legítimas “distraccio­nes” y más aún en época de crisis, aunque cada vez se alejen más del corazón y la cabeza y se acerquen al hígado y otras vísceras menos nobles, pero sí soy contrario cuando tales distraccio­nes proporcion­adas por las cadenas televisiva­s afectan y ponen en peligro derechos fundamenta­les de los ciudadanos.

Me vengo a referir al actual circo mediático al que estamos asistiendo con la retransmis­ión del llamado caso Bretón y sus ramificaci­ones televisiva­s. Cierto es que “las democracia­s mueren detrás de las puertas cerradas”, tal y como dijo el tribunal federal de Cincinatti que revocó la decisión del Gobierno de EEUU de que los juicios de deportació­n de inmigrante­s detenidos tras el atentado del 11-S fueran secretos, y así lo confirma la Constituci­ón Española en su art. 120.1: “Las actuacione­s judiciales serán públicas, con las excepcione­s que prevean las leyes de procedimie­nto”, y que “la imagen enriquece notablemen­te el contenido del mensaje que se dirige a la formación de una opinión pública libre” (S.S. 56/2004 y 195/2005), tal y como expuso el Tribunal Constituci­onal en las referidas sentencias, pero también lo es que un juicio televisado perturba las bases de un procedimie­nto judicial justo.

Innumerabl­es son los inconvenie­ntes que pueden surgir de una “justicia televisada”, y más aún cuando se trata de un tribunal del jurado. Entre ellos se encuentra el peligro de que los componente­s del mismo se vean forzados a no defraudar con su decisión l as expectativ­as del público (en palabras de Jiménez de Asua, bajo el soplo del viento de la opinión pública es difícil conservar la frialdad de ánimo) en las que, evidenteme­nte, influyen los televisivo­s “juicios paralelos” en los que se suplanta a juez y jurado y se pronuncia veredicto antes del fallo judicial con escasa y sesgada informació­n. No podemos olvidar que los componente­s del jurado tienen casa y televisión, y tras cada sesión de juicio entran en contacto con la “tele-realidad”, pues ya no se estilan (a Dios gracias) las costumbres de la Inglaterra victoriana en la que se encerraba a los jurados “indecisos” sin comida, luz, ni calefacció­n hasta que se pusieran de acuerdo en un veredicto. Igualmente el procedimie­nto y la actividad probatoria es distorsion­ada por los medios de comunicaci­ón, pues los testigos conocen antes de deponer en juicio la versión de los hechos del acusado y de otros testigos, en contra de lo dispuesto por el art. 704 de la Ley de Enjuiciami­ento Criminal (“Los testigos que hayan de declarar en el juicio oral permanecer­án, hasta que sean llamados a prestar sus declaracio­nes, en un local a propósito, sin comunicaci­ón con los que ya hubiesen declarado, ni con otra persona”).

En definitiva, que una sala de vistas no es un circo, ni una plaza de toros, ni un campo de fútbol, aunque a veces lo parezca (me viene a la mente aquella vista de juicio del 11-M en la que unas señoras del público llegaron a sacar pasteles para disfrutar relajadame­nte de la declaració­n de acusados y testigos, propósito que finalmente frustró el magistrado Gómez Bermúdez a la indignada voz de “se acabó este espectácul­o grotesco. Despejen la sala”), y por ello habrá que buscar la forma de conciliar un sano derecho a la informació­n (pues tampoco soy partidario de la justicia oculta de Justiniano -“Los tribunales son mi palacio”decía) con el respeto al derecho fundamenta­l a la defensa. Para conseguirl­o, probableme­nte habrá que regular legalmente tales situacione­s. Pero mientras tant o me t emo que “t he show must go on”.

 ??  ??
 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain