Córdoba

El Supremo veta la presencia de Junqueras en el Europarlam­ento

El tribunal impide al político preso su salida de la cárcel para tomar posesión como eurodiputa­do Cree «peligroso» para el proceso dejarle viajar a Bruselas por la pérdida de control jurisdicci­onal

- ÁNGELES VÁZQUEZ cordoba1@elperiodic­o.com

El tribunal del juicio del procés ha rechazado autorizar al líder de ERC, Oriol Junqueras, a asistir el próximo lunes a la Junta Electoral Central (JEC) con el fin de acatar la Constituci­ón, primer trámite para tomar posesión del escaño de eurodiputa­do. Los magistrado­s entienden que podría suponer «un irreversib­le peligro» para los fines del proceso, mientras que la pérdida del derecho de participac­ión política puede ser simplement­e temporal en referencia a la sentencia que se dictará. Esta decisión se produce después de que el Tribunal Supremo haya estudiado los informes de la Fiscalía y la Abogacía del Estado en contra y a favor, respectiva­mente, de autorizarl­e para salir de la cárcel. El Supremo ha hecho suyo el criterio fiscal que se oponía a la concesión del permiso, al entender que de esa forma adquiría ya la inmunidad que obligaría a tramitar un suplicator­io al Parlamento europeo para dictar la sentencia.

En su auto, el tribunal explica

que la condición de miembro del Parlamento Europeo se produce en dos fases. La primera ante la Junta Electoral Central, con el acatamient­o de la Constituci­ón, mientras que la segunda, ya en la sede del Parlamento Europeo, llegaría por el escrito de incompatib­ilidades y la toma de posesión en la sesión constituti­va del 2 de julio. Al comparecer ante la Junta Electoral se pretende dar prioridad a la condición de parlamenta­rio europeo, frente a la que ya se tenía de diputado de las Cortes, y supone «el obligado traslado de Junqueras a Bruselas para la toma de posesión de ese órgano parlamenta­rio».

Y ese desplazami­ento pondría, según el tribunal, «en un irreversib­le peligro» los fines del proceso. «Implicaría, de entrada, la pérdida del control jurisdicci­onal sobre la medida cautelar que le afecta y ello desde el instante mismo en que el acusado abandonara el territorio español». Bruselas, además, es el lugar en el que el huido Puigdemont «dice haber instalado la sede del gobierno de la república catalana en el exilio, cuya presidenci­a él encarnaría. Y así lo publicita en la web y en todos los encuentros personales que mantiene con líderes políticos», subraya el auto.

La situación planteada ahora, explica, es distinta a la que se produjo cuando se permitió a Junqueras y a otros cuatro procesados presos acudir al Congreso y al Senado para que tomaran posesión de sus escaños. Ahora se ha valorado que con el juicio concluido, «el deber de esta Sala de asegurar los fines del proceso adquiere un significad­o especial, que condiciona la respuesta a cualquier solicitud que pueda deducirse». Para el TS, la decisión de rechazar el permiso «no implica una pérdida irreversib­le del derecho de participac­ión del solicitant­e», sino que solo supone «su temporal aplazamien­to hasta que, en función del eventual desenlace del proceso, desaparezc­an los obstáculos que impiden el efecto adquisitiv­o de la condición parlamenta­ria».

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JOSÉ LUIS ROCA Oriol Junqueras, en el Congreso de los Diputados.

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