El Pleno aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el 2021-2023
El documento prevé 4,5 millones de euros de aportaciones a colectivos La Corporación da luz verde también a la modificación de la ordenanza de tráfico
El Pleno del Ayuntamiento de Lucena ha dado luz verde, con el voto favorable de PSOE, Partido Popular, Ciudadanos y Vox, y con la abstención de Izquierda Unida al Plan Estratégico de Subvenciones para los ejercicios 2021 al 2023, que supone el establecimiento de un marco general para la concesión de subvenciones por valor de unos 4,5 millones de euros a distintos colectivos, asociaciones y entidades. Se trata de un documento de nueva creación, que el Ayuntamiento aprobaba en base a la Ley General de Subvenciones, que obliga a la existencia de este documento programático previo a la concesión de las subvenciones que se otorguen desde el Ayuntamiento en sus diferentes tipologías, convocatorias de concurrencia competitiva, convenios, ayudas directas, etcétera.
Por tanto, el Plan Estratégico de Subvenciones será un instrumento que sirva para racionalizar el ejercicio de la acción de fomento local, de tal manera que se pueda seguir manteniendo esa acción a la vez que se rentabilicen los recursos mediante criterios de eficacia, que por las circunstancias
Nueva actividad empresarial en suelo no urbanizable
concurrentes pueden verse limitados. Será un documento abierto, flexible y amplio que marca las 5 diferentes líneas de ayudas y subvenciones a otorgar por el Ayuntamiento, en el ámbito de igualdad y bienestar social, de cooperación al desarrollo, fomento de la participación ciudadana, costumbres y tradiciones locales, desarrollo económico y social, infraestructuras y sostenibilidad; y fomento del deporte, dinamización cultural, patrimonial, histórica y educativa.
El plan nace con una previsión para este año de 69 subvenciones o líneas de ayudas por un montante económico total de 4.578.000 euros.
Por otra parte, el Pleno también ha aprobado por unanimidad a la modificación de la Ordenanza Municipal de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y
Seguridad Vial. En concreto, la propuesta aprobada contempla la incorporación en la citada ordenanza de la posibilidad de reservar plazas de estacionamiento con carácter nominativo, previo abono, en su caso, de la exacción correspondiente y por un plazo no superior a dos años, para vehículos de titulares de la tarjeta de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida, en el lugar más próximo a su domicilio, centro de trabajo o estudios, que resulte posible, siempre que se cumpla con determinados requisitos, entre ellos el tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 60%, o el de no disponer ni en propiedad ni en régimen de alquiler de ninguna otra plaza de aparcamiento cercana al domicilio, centro de trabajo o estudios.
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El Ayuntamiento de Lucena se propone favorecer la instalación de nuevas empresas en la localidad mediante la reducción de la ordenanza reguladora de la prestación compensatoria por el uso y aprovechamiento de carácter excepcional del suelo no urbanizable. Así se ha aprobado por el Pleno, en apoyo de esas actividades empresariales que puedan estar interesadas, por su tipo de negocio o por su volumen, en establecerse en suelo no urbanizable del término municipal. En concreto, la medida aprobada permitirá cobrar solo el 0,1%, como mínimo permitido, de la tasa fiscal a la que están sujetas estas actividades empresariales de nueva creación, según fijan las ordenanzas municipales.
Este tema debatido en la comisión municipal de Urbanismo propone un sistema de bonificaciones y reducciones fiscales por tramos, con una cuantía progresivamente mayor en función del número de puestos de trabajo a crear por la empresa a instalarse.
Ante este planteamiento, el portavoz de Izquierda Unida , Miguel Villa, propuso, como enmienda, unificar la tasa para todos los tramos, dejándola en ese 0,1%. Esta propuesta contó con los votos a favor de todos los grupos, a excepción del equipo de gobierno, que votó en contra por preferir el sistema inicial.