Córdoba

El acuerdo con Beiman, «en la unidad productiva»

Las cantidades que reclama la empresa de servicios médicos, unos 300.000 euros, deben dirimirse en otro tribunal, de primera instancia

- JOSÉ A. PÉREZ LUNAR @Joseaperez­lunar

El Juzgado Mercantil número 1 de Córdoba emitió, el pasado 19 de febrero, una sentencia, aún recurrible, sobre la demanda de incidente concursal que Francisco Estepa interpuso contra la Clínica Beiman, que tenía un contrato de prestación de servicios profesiona­les médicos con el club «desde el 21 de enero del 2019 hasta el 30 de junio del 2029», es decir, por diez temporadas, según se confirma en la sentencia, que detalla en 21.112,84 euros al mes la prestación que estaba acordada.

En el auto, al que tuvo acceso ayer este periódico, el magistrado Fernando Caballero se circunscri­be al concurso de acreedores del Córdoba CF SAD, producido posteriorm­ente a la venta de la unidad productiva a Unión Futbolísti­ca Cordobesa (UFC). En este sentido, el texto jurídico indica que «el contrato de prestación de servicios profesiona­les médicos de 21 de enero de 2019 se encontraba incluido dentro del perímetro de la unidad productiva transmitid­o mediante venta realizada el 5 de diciembre de 2019, en virtud del auto de autorizaci­ón de la venta de la unidad productiva de 26 de noviembre de 2019».

El juez recuerda, además, que la concursada, es decir la SAD que quedó vaciada de la unidad productiva que gestiona actualment­e UFC, «ya no es parte de dicha relación jurídica» con Beiman desde que se presentó «la demanda incidental de resolución del contrato» por parte de la administra­ción concursal. En concreto, en su apartado décimo, la sentencia explica que «desde el 27 de enero de 2020, la concursada ya no es parte de dicha relación jurídica (al haberse subrogado en su posición UFC) el 27 de enero de 2020 cuando se presentó la demanda incidental de resolución del contrato, por lo que procede desestimar la demanda».

Es decir. Se entiende de su lectura que los servicios médicos que prestaba Beiman, al no poder serle reclamadas las cantidades adeudadas a la concursada, deberían pasar ahora a una subrogació­n con el actual Córdoba CF, es decir, el que gestiona UFC tras la venta de la unidad productiva.

Hay que recordar que el 14 de febrero del 2020 UFC, tras negociar previament­e con la firma, decidió finalmente «no subrogar el contrato con la Clínica Beiman» y apostar por una nueva área de salud capitanead­a por Víctor Salas, que se mantiene hasta ahora, en un comunicado emitido entonces, en el que agradecía a Beiman «los servicios prestados».

No obstante, una vez producido el pronunciam­iento del Mercantil número 1, y siempre y cuando no se recurra por alguna de las partes, la batalla legal entre UFC y Beiman pasará a otro juzgado cordobés, en este caso de primera instancia, donde en mayo del 2020 la clínica presentó una reclamació­n de la cantidad que estipulaba se le debía tras la rescisión del contrato.

En concreto, según fuentes de la empresa de servicios médicos, la reclamació­n es de más de 42.000 euros por los meses de diciembre del 2019 y enero del 2020, y «una indemnizac­ión por la penalizaci­ón si se resolvía» antes de los 10 años suscritos, según esta fuente, fijada en el acuerdo. Esa penalizaci­ón sería de doce meses al completo, es decir, más de 250.000 euros a sumar a los 42.000 ya mencionado­s, por lo que la cifra total quedaría cercana a los 300.000 euros. Desde Beiman entienden que «está definido el perímetro de la unidad productiva» y más claro a quien correspond­e pagar, aunque reconocen que es «el juzgado de primera instancia el que debe decidir definitiva­mente».

El proceso del juzgado de primera instancia se retomará una vez la sentencia sea firme. En este sentido, fuentes del club blanquiver­de rechazaron pronunciar­se a este periódico, indicando simplement­e que «no nos hemos subrogado» y que la decisión de la subrogació­n se discute en «otro juzgado», es decir, en el de primera instancia.

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