Córdoba

Europa insta a acotar los delitos de enaltecimi­ento del terrorismo

El Consejo europeo quiere evitar un castigo «desproporc­ionado» e «innecesari­o» Las injurias a la Corona no deberían penarse con cárcel salvo excepcione­s

- Cordoba1@elperiodic­o.es AMBIGÜEDAD

La comisaria de Derechos Humanos del Consejo de Europa, Dunja Mijatovic, ha enviado una carta al ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, en la que celebra los planes del Gobierno para reformar los delitos relacionad­os con la libertad de expresión y le insta a acotar determinad­os tipos penales, como el enaltecimi­ento del terrorismo y las injurias a la Corona, para evitar un castigo «innecesari­o o desproporc­ionado».

Aunque no expresamen­te, Mijatovic ha aludido al caso del rapero Pablo Hasel al llamar la atención sobre el hecho de que «en los últimos años un creciente número de sentencias penales, incluidas de privación de libertad, han sido dictadas contra artistas (...) y contra activistas en redes sociales por declaracio­nes considerad­as ofensivas», en base a los delitos de enaltecimi­ento del terrorismo y de injurias a la Corona.

En la carta, fechada el 11 de marzo pero difundida ayer, la comisaria traslada a Campo su preocupaci­ón por ciertos artículos del Código Penal, aduciendo que «tienen un impacto negativo, incluso un efecto disuasorio, en el ejercicio de la libertad de expresión». «Por tanto, celebro las recientes informacio­nes que indican que su Gobierno pretende reformar algunos aspectos del Código Penal, en particular los delitos de enaltecimi­ento del terrorismo», declara.

A su juicio, el delito ⁄ de enaltecimi­ento o justificac­ión del terrorismo en el Código Penal es «problemáti­co» por ambiguo, recalcando que esta «falta de claridad» ha generado interpreta­ciones divergente­s en los tribunales, algunas en contra de los estándares internacio­nales.

En segundo lugar, ha fijado su atención en los delitos de injurias a la Corona, para apuntar que «una sentencia de pena de prisión» por estos delitos debería limitarse a «circunstan­cias excepciona­les» como un llamamient­o al uso de la violencia o si «constituye un discurso de odio».

Mijatovic ha esgrimido que «las posibilida­des de imponer restriccio­nes a la libertad de expresión en el contexto del debate político son muy limitadas», subrayando que «los límites de la critica admisible» a figuras públicas son «más amplios que los de la media de los ciudadanos».

En concreto, se ha referido al caso de Jaume Roura y Enric Stern, condenados por quemar una foto de los Reyes tras una manifestac­ión en Gerona. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) corrigió este fallo.

Mijatovic también expresó su preocupaci­ón por la interpreta­ción «excesivame­nte amplia» que a veces dan los tribunales españoles a la noción del discurso de odio, recomendan­do restringir­lo a los casos prohibidos por el Derecho Internacio­nal, como la xenofobia, el antisemiti­smo y otras formas de intoleranc­ia.

Campo ha contestado, en otra carta del 18 de marzo, que la libertad de expresión «cuenta con pleno reconocimi­ento en el ordenamien­to jurídico español», si bien ha enfatizado que tanto el TEDH como el Tribunal Constituci­onal han establecid­o que tiene límites y el propio TC apuesta por una «interpreta­ción restrictiv­a» de ciertos delitos para no entorpecer la libertad de expresión.

Pese a ello, expone el ministro, sigue habiendo «problemas, sobre todo por la imprecisió­n con que se define la conducta delictiva», precisamen­te para lo cual reformarán el Código Penal.

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JUAN CARLOS LIZÓN / EFE El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, llegando al Congreso.

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