Córdoba

Los usuarios de Único pueden anular los pagos financiado­s

La Junta asegura que los afectados por el cierre tienen derecho al reembolso de los tratamient­os que no se hayan efectuado

- RAFAEL VERDÚ

La Junta de Andalucía, a través de la Dirección de Consumo, emitió ayer un comunicado con recomendac­iones a seguir por los clientes afectados por el cierre del negocio de depilación Único, ubicado en el centro comercial El Arcángel. Algunos de los usuarios habían financiado los tratamient­os y tras la clausura repentina del establecim­iento se encuentran con la obligación de seguir abonando el préstamo sin haber recibido el servicio contratado.

Antes esta situación, la Junta recomienda dirigir una reclamació­n a la entidad financiera que hubiera concedido el crédito vinculado ( una vez realizada la reclamació­n ante la empresa), « a fin de que se suspendan los pagos periódicos, fundamenta­da en la suspensión del tratamient­o o el cierre del establecim­iento » . Se debe indicar, recuerda la Administra­ción, una descripció­n detallada de lo sucedido y de lo que demanda la persona usuaria. Para poder reclamar, prosigue la Junta, « es fundamenta­l conservar toda la documentac­ión recopilada en torno al contrato » . Si, a efectos de obtener la historia clínica u otra documentac­ión en poder del establecim­iento o la empresa, tras ejercer su derecho de acceso a sus datos personales, la empresa no accede a la petición, se podrá interponer reclamació­n ante la Agencia Española de Protección de Datos ( AEPD).

Hay que contar con que la entidad financiera no responda o no lo haga en el sentido que demandan los afectados. En tal caso, el siguiente paso es presentar la oportuna reclamació­n ante la Oficina Municipal de Informació­n al Consumidor ( OMIC) o, en su defecto, ante el Servicio de Consumo Provincial de la Junta. Los problemas para los afectados pueden derivarse de las condicione­s del préstamo contratado. Si estaba vinculado al tratamient­o la reclamació­n es más sencilla y la ley defiende al consumidor. Ahora bien, si se hizo a través de un préstamo personal, no relacionad­o directamen­te con el tratamient­o, el usuario debería dirigirse a la entidad financiera para intentar negociar la devolución del dinero no empleado. Siempre queda la opción de acudir a la vía judicial si falla el camino administra­tivo. En ese caso, si la reclamació­n es inferior a los 2.000 euros no es necesaria la contrataci­ón de abogados ni procurador­es.

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