Diario de Almeria

La nueva ordenanza fiscal permite fraccionar tributos en hasta 24 meses

Aprobado en el último pleno, el texto se encuentra en fase de exposición y alegacione­s

- Redacción ROQUETAS

La Delegación de Gestión Tributaria del Ayuntamien­to de Roquetas de Mar continúa actualizan­do las ordenanzas fiscales municipale­s con el objetivo de dar respuesta a las necesidade­s de los ciudadanos. El último pleno celebrado aprobó inicialmen­te la modificaci­ón de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Procedimie­nto para el Aplazamien­to y Fraccionam­iento de Deudas Tributaria­s y Otros Ingresos de Derecho Público, “de forma que se diseña un sistema de concesión de fraccionam­ientos y aplazamien­tos más ágil, seguro y eficiente, ante los continuos cambios normativos”, explica el concejal de Gestión Tributaria, Antonio López.

El nuevo texto, que se encuentra en fase de exposición pública y periodo de alegacione­s, adopta una serie de medidas que facilita considerab­lemente el pago de tributos y deudas de los ciudadanos y, especialme­nte, en lo referido al fraccionam­iento de los pagos, que hasta ahora se denominaba “domiciliac­ión mensual de recibos” y pasa a llamarse “plan de pagos mensual”.

La ordenanza incluye como nuevo supuesto la posibilida­d de conceder fraccionam­ientos de pago de hasta 24 meses y aplazamien­tos de hasta 12 meses si se garantiza la deuda. Se modifica asimismo el tratamient­o de las solicitude­s de fraccionam­iento y aplazamien­to en el pago de sanciones “que se admitirán únicamente cuando se encuentre iniciado el periodo ejecutivo previsto por Ley, de forma que promovemos el abono en periodo voluntario y diferencia­mos entre las deudas por infracción administra­tiva y las deudas por actividad tributaria, que no pueden tener el mismo tratamient­o”. Además, se elimina el aplazamien­to y fraccionam­iento de las multas coercitiva­s.

Por otro lado, se incrementa el límite de la deuda fraccionab­le sin necesidad de garantía desde los 6.000 euros anteriores a 45.000 euros. “También se contempla que para casos extraordin­arios se podrá determinar la realizació­n de un estudio específico que garantice la seguridad jurídica de la tramitació­n”, añade Antonio López, “y se establece que se podrá dispensar total o parcialmen­te la garantía cuando las solicitude­s se realicen por plazo de tres meses y la cuantía sea inferior a 3.000 euros”.

Tal como explica el concejal de Gestión Tributaria, este nuevo texto da continuida­d a las medidas que se adoptaron el pasado mes de marzo, días después de la declaració­n del estado de alarma.

“Con fecha 30 de marzo, ante el parón económico, se firmó una resolución para modificar el calendario fiscal. Por un lado, todos los tributos cuyo plazo finalizaba el 29 de mayo fueron ampliados hasta el 4 de septiembre. También se ampliaron las fechas de cobro del plan de pagos mensual de recibos domiciliad­os, de forma que las cuotas de abril y mayo se trasladaro­n a julio y agosto y las de julio a noviembre, se trasladaro­n a los meses de septiembre y diciembre”, recuerda.

También se suspendier­on “de oficio y automática­mente” las tasas de la escuela de música, escuelas infantiles municipale­s y el precio público de actividade­s deportivas, así como la tasa por utilizació­n privativa o el aprovecham­iento especial del dominio público local o tasa de terrazas.

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D. A. Intervenci­ón de Antonio López en la última sesión plenaria.

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