El TSJC mantiene el 14-F para “preservar la normalidad democrática”
● Pendiente de la resolución definitiva, el Alto Tribunal catalán se abre a aplazar los comicios si hay más restricciones por el virus
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) justificó ayer su decisión de mantener cautelarmente en vigor la convocatoria de elecciones catalanas para el 14 de febrero, para lo que señaló que hay un interés público muy intenso en la celebración de las elecciones suspendidas, porque si no se celebran “se abre un periodo prolongado de provisionalidad que afecta a la normalidad democrática de las instituciones”.
La resolución también destacó que “la decisión afecta al derecho fundamental de sufragio”, y que la suspensión de este derecho no está amparada por el estado de alarma, que admite expresamente la celebración de elecciones, y señalaron que ya estaba vigente cuando se convocaron los comicios.
Consideraron que el aplazamiento “prolonga la situación de provisionalidad” con el Govern en funciones después de que el Parlament se disolviera al no presentarse candidaturas a la Presidencia tras la inhabilitación de Quim Torra, y por eso afirman que la convocatoria del 14-F tiene un interés público especialmente intenso.
“Se trata de una situación de bloqueo y de precariedad institucional que afecta asimismo a la legitimación del Gobierno, lo cual es relevante en un entorno en el que la crisis sanitaria le obliga a adoptar cotidianamente decisiones de enorme trascendencia, singularmente la restricción de derechos fundamentales”, y apuntaron que la situación sanitaria ya se tuvo en cuenta al convocar el 14-F.
Afirmaron que prolongar la vacancia en la Presidencia “afecta a principios democráticos relativos al funcionamiento normal de las instituciones”. En este sentido, sostuvieron que el interés público –proteger la salud– que alega el Govern para aplazar las elecciones “se contrapone al intenso interés público en la ejecución del decreto” que convoca el 14-F tras la disolución automática del Parlament.
El TSJC recalcó que esta decisión cautelar implica que “continúa el proceso electoral con toda normalidad”, porque se mantiene vigente la convocatoria para el 14 de febrero. La Sala prevé publicar la sentencia definitiva antes del 8 de febrero, una vez ya iniciada la campaña electoral.
Destacaron que mantener el 14F “no implica que el tribunal obligue a votar irreversiblemente el 14 de febrero de 2021, ni es el tribunal quien ha fijado esta fecha”, sino que mantiene vigente la convocatoria que firmó el vicepresidente del Govern, Pere Aragonès, en diciembre. “Esto no significa que no puedan darse cambios sustanciales de aquí al 14 de febrero, tanto en las normas reguladoras del estado de alarma como en el ámbito sanitario, derivados de la evolución negativa de la epidemia, lo que podría justificar otra decisión de las autoridades competentes adoptada conforme a derecho” y ajustada a las posibles nuevas circunstancias, remarcó.