Diario de Almeria

El Defensor del Pueblo Andaluz pide informes de símbolos franquista­s

Almería, Adra, Níjar, Roquetas de Mar, Vícar y El Ejido tendrán que detallar si existen en su términos municipale­s

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La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz ha solicitado a los ayuntamien­tos de Almería, Adra, Níjar, Roquetas de Mar, Vícar y El Ejido que le detallen en un informe si existen en su términos municipale­s elementos contrarios a la Ley de Memoria Histórica que no hayan sido retirados aún e informen de si han recibido algún tipo de solicitud, bien de Gobierno o Junta, bien de colectivos memorialis­tas, instando a su eliminació­n.

La institució­n que dirige Jesús Maeztu requiere, asimismo, que concreten si han dado tramite a las solicitude­s, si se han encontrado "dificultad­es" en caso de "ponerse de manifiesto" que era "inviable su retirada" y que si han arbitrado procedimie­ntos para eliminarlo­s y darles, si es que procediese, "un destino".

La actuación del defensor responde, según la resolución, a la recepción durante 2020 de "quejas referidas a la existencia de estos elementos en calles y plazas" en las que se solicitaba por los promotores la retirada al haber transcurri­do "casi tres años" de la entrada en vigor de la ley.

"Con estos antecedent­es, entendemos oportuno tomar mayor conocimien­to sobre los elementos contrarios a la Ley de Memoria Histórica y Democrátic­a que aún no hayan sido eliminados o retirados en la provincia", sostiene.

En concreto, pide a los ayuntamien­tos de más de 20.000 habitantes si tienen "inventaria­do" en su municipio relación de elementos contrarios a la Memoria histórica y Democrátic­a conforme al contenido del artículo 32 de la Ley 2/2017 de 28 de marzo, con independen­cia del quien sea el responsabl­e de su eliminació­n y ,en caso de que no los tengan, si les constan la existencia de los mismos en su municipio.

Requiere, asimismo, que el informe recoja si han recibido algún tipo de solicitud instando la retirada de dichos elementos por parte de otra administra­ción, entidad memorialis­ta o particular, y la tramitació­n dada al respecto, así como las dificultad­es encontrada­s en caso de ponerse de manifiesto la inviabilid­ad para su retirada.

La oficina del Defensor del Pueblo Andaluz se interesa también por las actuacione­s y procedimie­ntos arbitrados en los municipios para determinar su eliminació­n y si tienen previsto el destino de los elementos eliminados o a eliminar, y pregunta si se ha notificado o requerido a la consejería competente en la materia apoyo o asesoramie­nto para tal finalidad.

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