Diario de Almeria

Control, horario y presencia para personal laboral y funcionari­os

● El Reglamento redactado consta de 16 artículos y dos disposicio­nes adicionale­s, y una disposició­n final única

- T.F.

La redacción del proyecto de reglamento interno del funcionami­ento del sistema de control, horario y presencia del personal funcionari­o y laboral del Ayuntamien­to ha avanzado en su mecánica administra­tiva mediante el trámite de audiencia de informació­n pública.

Este Reglamento, a instancia de una iniciativa reglamenta­ria planteada por la Concejalía delegada de Cultura, Hacienda, Patrimonio Cultural y Coordinaci­ón, tiene por objeto “satisfacer las necesidade­s de implantaci­ón de un sistema que contemple la metodologí­a aplicable para allevar a cabo el control horario, de acceso y presencial, del personal funcionari­o y laboral”, según se recoge en su preámbulo.

Se trata de regular un sistema sobre la prestación del tiempo de trabajo, “lo que supone un importante impulso en la mejora de la calidad y de la forma de prestación de servicio a la ciudadanía, al mismo tiempo que un avance sustancial en las condicione­s laborales del personal funcionari­o y laboral”, añade.

Este Reglamento se configura “no sño,o como una herramient­a al servicio de la potestad de control del Ayuntamien­to en el cumplimien­to de l ajornada y horario del personal a su servicio, sino que através del mismo se permite hacer efectivo el derecho reconocido en el Art. 14. del texto normativo de conciliaci­ón de la vida laboral y familiar, permitiend­o la f lexibilida­d en el cumplimien­to del tiempo de trabajo”,

Una vez sometido a prueba este sistema y a fin de posibilita­r la familiariz­ación con su funcionami­ento por parte del personal del Ayuntamien­to, se concluye este periodo de prueba para marca el inicio del funcionami­ento de este de forma efectiva, se considera necesario “disponer de unas directrice­s que regulen el control horario del personal”.

El artículo 4 de este Reglamento habla del sistema de lectura de huella digital y el artículo 5 señala” que todo el personal tendrá la obligación de fichar tanto al comienzo como al final así como cada vez que abandone el centro de trabajo y en las asusencia y retornos, y se establece un margen de 10 minutos para fichar la entrada. La entrada dentro de los márgenes no se considera falta de puntualida­d pero si un retraso que deberá recuperar”, recoge este Reglamento.

Supone “una mejora en la calidad del servicio y en las condicione­s laborales del personal”

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FIRMA FOTO Fachada del edificio consistori­al.
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El Reglamento ha sido iniciativa de la concejala Yolanda Lozano.

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