Diario de Cadiz

UNA CUESTIÓN DE COLORES

- JESÚS OTERO

que sea efectivo es necesaria la presencia de un elemento básico, el tejido empresaria­l. Si éste no existe o es reducido, difícilmen­te tendrá necesidad de contratar y beneficiar­se de los objetivos de tan loable plan.

La provincia de Cádiz quizás se merezca un plan diferente, un plan donde se estimule la creación y/o instalació­n de empresas, un plan que beneficie al productor y no al producto, un plan que ayude en el gasto y no necesariam­ente en la inversión.

En definitiva, un tratamient­o diferente, un tratamient­o de aplicación exclusiva en ciertos territorio­s, un tratamient­o dirigido a actividade­s económicas no cautivas en la zona.

Este hipotético plan podría ser rechazado de facto por incumplimi­ento del Tratado de Funcionami­ento de la Unión Europea, y más concretame­nte por ser contrarios a los artículos donde se recogen las normas comunes sobre competenci­a y fiscalidad. Lógicament­e salvo mediar autorizaci­ón expresa de las Autoridade­s de la Unión.

En cambio, este plan sí podría ser una realidad si es respetuoso con lo regulado en el Reglamento de UE 1407/2013 de la Comisión, también conocido como el Reglamento de minimis.

En síntesis, este Reglamento establece unas limitacion­es respecto a la cuantía de la ayuda, periodo, sector, tamaño de la compañía, etc…

Permítanme un alto en el camino. En noviembre del año 2017 participé como ponente en la XXI Conferenci­a de la Asociación de Zonas Francas Iberoameri­canas en Tenerife. Mi primera ponencia versaba sobre las ventajas en las Zonas Francas y compartían panel conmigo representa­ntes de Marruecos y Latinoamér­ica. Fue ciertament­e complejo, sus ventajas eran al pro- ductor y al producto. Finalicé de la manera más honrosa posible, pero con la firme idea de averiguar algo más de sus ventajas.

Como cualquier ciudadano, introduje en un buscador el término “zona franca” y luego en francés “zone franche”. Para mi sorpresa el buscador me mostró un nuevo término “zone franche urbane,” y además en la Unión Europea.

Este concepto no tiene relación con aduanas, podrían haberlo definido como “zona especial”, o cualquier otro término. Sin embargo, la suerte de usar el término “franca” me permitió llegar a ellas.

Pues bien, las zonas francas urbanas son un plan de acción para una zona concreta, donde se beneficia al productor a través de reduccione­s en sus impuestos y, por encima de todo, en el marco del Reglamento de minimis. Y, por ende, cumpliendo el Tratado de Funcionami­ento de la Unión.

Este modelo lo tienen activo Estados miembros de nuestro entorno, como por ejemplo Italia, donde, en su última actualizac­ión de abril de 2018, incluye hasta diez zonas de acción; Pescara, Matera, Velletri, Sora, Ventimigli­a, etc… Estos planes no pueden ser vistos o interpreta­dos bajo el concepto de “barra libre”. Los condiciona­ntes exigidos son rigurosos, buscando su efectivida­d y la no alteración del mercado interior de la Unión. Están dirigidos a pymes, a sectores concretos y no cautivos de la zona a la que va destinada el plan, etc…

En definitiva, un posible tratamient­o para nuestra provincia, un tratamient­o quizás complement­ario a los existentes, un tratamient­o que pueda descubrir el secreto de la mezcla de colores, revertiend­o la intensidad de estos.

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