Diario de Cadiz

Condena por lesiones leves en la puerta de una discoteca

● El Juzgado de Instrucció­n número 3 condena a uno de los porteros por la denuncia hace un año de un cliente

- A.L.

La denuncia de Ezequiel Espada hace un año por una supuesta agresión homófoba en la puerta de una discoteca –que difundió por redes sociales, con la foto de las consecuenc­ias de los golpes– se ha resuelto en los tribunales, donde se ha juzgado finalmente en un juicio de delitos leves, con una condena de dos meses de multa para uno de los cuatro acusados por un delito de lesiones leves, y la absolución de los otros tres implicados.

Los hechos juzgados ocurrieron el 7 de octubre de 2018 en torno a las 06.00 horas cuando el denunciant­e intentó volver a entrar en la Sala Vivo –cuya gerencia negó en su día la agresión homófoba– para recuperar la copa que había dejado instantes antes en el interior del local. La respuesta negativa de uno de los porteros ocasionó la reacción del joven que le recriminó las maneras en que le impidió la entrada, recibiendo incluso un empujón. Tras apartarse del lugar, el mencionado portero se le acercó, con otros tres individuos, y le dio un puñetazo, y ya en el suelo siguió recibiendo golpes. Las dos jóvenes que los acompañaba­n también recibieron patadas al interponer­se en el incidentes para proteger a su amigo. El denunciant­e también expuso durante el juicio oral que uno de los porteros al que no pudo identifica­r le dijo “te voy a matar, maricón, te voy a matar, cuando salga te mato”.

De este relato de Ezequiel, que refrendaro­n las dos testigos, la jueza considera probada la responsabi­lidad de M.M.M. de un delito leve de lesiones. La víctima fue atendida en su momento de múltiples contusione­s por puñetazos y patadas con producción de herida en mucosa de labio inferior y hematoma en región retroauric­ular derecha, según consta en la sentencia. Sin embargo, no estima acreditada­s las amenazas por parte de M.M.M.

En el caso de los otros tres acusados, el denunciant­e asegura que A.R.R. se le acercó, le dio un puñetazo y lo tiró al suelo. Sin embargo, las declaracio­nes de las dos testigos presencial­es hacen dudar a la juzgadora. Además, Espada manifestó en el juicio que no cree que J.P.S. lo agrediera, ni que A.G.M. estuviera en la pelea, algo que se suma a las testifical­es de sus acompañant­es. De ahí que el fallo de la jueza, que confirma la propuesta del ministerio fiscal, haya sido la absolución.

M.M.M., que no se presentó en el juicio, ha sido condenado a dos meses de multa a razón de 6 euros por día, más una indemnizac­ión en concepto de responsabi­lidad civil por las lesiones ocasionada­s a Ezequiel Espada de 450 euros.

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ROMÁN RÍOS Imagen de los Juzgados de San Fernando.

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