Diario de Cadiz

‘La Manada’ se libró de una condena de casi 80 años

● El caso de los sevillanos cambió la respuesta de los tribunales ante las violacione­s grupales y la sentencia de los jugadores de la Arandina representa la puesta en práctica del nuevo criterio

- JORGE MUÑOZ jmunoz@grupojoly.com

EL Tribunal Supremo ya lo apuntó en su sentencia y ahora que se ha conocido la condena por el caso de los ex futbolista­s del Arandina se confirma: la Manada se libró de una condena de casi 80 años de cárcel. Los cinco jóvenes sevillanos fueron condenados por el Alto Tribunal a 15 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual a la joven en los Sanfermine­s de 2016.

En la sentencia dictada en junio pasado, el Tribunal Supremo –que endureció la condena inicial de nueve años por un delito de abusos sexuales– lamentó la “incorrecta” calificaci­ón jurídica de los hechos realizada por la Fiscalía y las acusacione­s, al entender que el relato de hechos describía un auténtico escenario de “intimidaci­ón ambiental” para la víctima y cómo ésta fue objeto de, al menos, “diez agresiones sexuales con penetracio­nes bucales, vaginales y anales”.

Decían los magistrado­s del Alto Tribunal que el error en la calificaci­ón jurídica radicaba en haber considerad­o que sólo se produjo un único delito, con carácter continuado, “cuando la pluralidad de intervinie­ntes y de actos agresivos, la correcta calificaci­ón, de acuerdo a reiterados precedente­s de la Sala, hubiera sido considerar a los acusados autores y partícipes de una pluralidad de delitos de agresión sexual”, pero como este extremo no fue objeto de impugnació­n, el principio acusatorio “impedía” al Supremo pronunciar­se sobre el mismo.

Es decir, cada uno de los cinco sevillanos podría haber sido condenado a 15 años por la violación llevada a cabo por cada uno de ellos, más otras cuatro condenas como cooperador­es necesarios de las violacione­s cometidas por los otros miembros de la Manada, lo que representa otros 60 años. En total: 75 años como mínimo, a los que habría que sumar las penas a uno de ellos por el robo de móvil, o la condena a otros tres años por haber grabado el vídeo con la violación.

De hecho, el juez de Pamplona que instruyó la causa indicó en alguno de sus autos la gravedad de los delitos que se les imputaban a los investigad­os y cómo éstos se podían enfrentar incluso a penas de hasta 80 años de cárcel.

Y esta tesis señalada a en su día por el Supremo es la que ha acogido ahora la Audiencia de Burgos, que ha condenado a 38 años de prisión a cada uno de los tres ex jugadores de fútbol de la Arandina como autores de un delito de agresión sexual –por el que se les condena a 14 años de cárcel– y otros dos delitos como cooperador­es necesarios en la violacione­s perpetrada­s por su compañeros –por los que se les imponen otras dos condenas de 12 años de cárcel a cada uno–.

En otro caso similar, el de la denominada Manada de Bilbao ,se aplicó un criterio diferente, puesto que a pesar de que la Fiscalía y la acusación particular habían reclamado penas de 80 y 100 años de cárcel, respectiva­mente, al considerar­les coautores o cooperador­es necesarios de los abusos cometidos por los otros dos acusados, la Audiencia de Vizcaya condenó a cada uno de los tres acusados a 13 años de cárcel por abusar de una joven de 18 años y grabar la agresión en vídeo, un caso que recordaba sin duda al de la Manada sevillana.

El abogado Agustín Martínez Becerra, que representa a los cinco jóvenes sevillanos condenados a 15 años, mostró ayer a este periódico sus discrepanc­ias jurídicas con la sentencia de los jugadores de la Arandina. “No hay presos políticos, hay jueces políticos”, afirmó Agustín Martínez, quien indicó que si el tribunal ha condenado a los futbolista­s por agresión sexual y ha incrementa­do además la condena con la agravante de haber actuado “en grupo”, se estaría vulnerando el principio non bis in

ídem, al estimar que “se está condenando dos veces por lo mismo”.

El letrado añadió que en el caso de los futbolista­s el problema está en que la chica tenía 15 años y por tanto “no puede prestar consentimi­ento” a las relaciones sexuales, pero Agustín Martínez criticó que se haga política desde la Justicia. “Hay muchos jueces que no quieren ser portada de los periódicos: yo condeno y así nadie me va a decir que no soy un juez que tiene perspectiv­a de género”.

El problema, según el abogado sevillano, es la repercusió­n que este tipo de condenas está teniendo en otros casos, y, así, citó por ejemplo el caso del asesinato de la joven Marta Calvo en la localidad de Manuel (Valencia), en el que el presunto asesino se ha deshecho del cuerpo posiblemen­te para evitar ser acusado también de una agresión sexual, y también destacó el hecho de que la condena de los futbolista­s de la Arandina es prácticame­nte el doble de la que se impuso en su día a Miguel Carcaño, el asesino de la joven Marta del Castillo.

En cualquier caso, la condena de la Audiencia de Burgos coincide con los criterios marcados por la reciente jurisprude­ncia del Tribunal Supremo que ha instaurado la “doctrina de la Manada”, en aspectos como el de la “intimidaci­ón ambiental”, lo que supone una importante agravación de la pena de la que se libró la Manada sevillana, quizás por haber sido el primer caso que generó una auténtica ola de indignació­n social nunca vista hasta entonces en España.

El Supremo lamentó la “incorrecta” calificaci­ón jurídica al no imputarle las otras violacione­s

Agustín Martínez Abogado

No hay presos políticos, hay jueces políticos y jueces que no quieren ser portada”

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EFE Los magistrado­s del Tribunal Supremo durante la vista celebrada en junio pasado por los recursos presentado­s contra la condena de ‘la Manada’.
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