Identificación y rastreos
El aforo de los establecimientos de “esparcimiento cerrados” –discotecas y pubs– no podrá superar el 40%. Los usuarios deberán estar identificados para facilitar los futuros rastreos en el caso de aparezcan los contagios. Queda vetada la venta y el consumo en las barras y sólo se atenderá en las mesas con una distancia de seguridad de dos metros.