Diario de Cadiz

El TS anula el toque de queda en Baleares

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El Tribunal Supremo (TS) ha anulado el toque de queda y la limitación de las reuniones a seis personas en las islas Baleares tras el cese del estado de alarma al considerar que el Gobierno autonómico no justificó adecuadame­nte estas medidas, que restringen derechos fundamenta­les de los ciudadanos. La sección cuarta de la Sala de lo Contencios­o-Administra­tivo del Alto Tribunal ha estimado el recurso de la Fiscalía contra el auto del Triburecur­so nal Superior de Justicia de Baleares que sí avaló estas medidas del Gobierno balear, previstas hasta el próximo domingo. Pero el Supremo da la razón a la Fiscalía sólo parcialmen­te, ya que considera que medidas restrictiv­as tan severas y extensas como el toque de queda o las limitacion­es en las reuniones sociales sí pueden adoptarse sin necesidad de estado de alarma, una decisión que fija jurisprude­ncia de aplicación al conjunto del país. La Fiscalía sostenía en su

que estas medidas no tenían marco legal en que sustentars­e tras el final del estado de alarma al entender que la legislació­n sanitaria vigente no era suficiente. Sin embargo, la Sala recuerda, como ya se pronunció en la sentencia de Canarias sobre los cierres perimetral­es, que la restricció­n de derechos fundamenta­les en el marco de la pandemia “no exige siempre y necesariam­ente la cobertura del estado de alarma.

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