Diario de Cadiz

DIFÍCIL COMPRENSIÓ­N DE LA JUSTICIA

- CARLOS COLÓN ccolon@grupojoly.com

LOS más complejos saberes científico­s exigen un grado de conocimien­to especializ­ado menor que el necesario para comprender el funcionami­ento de la justicia en España. Y no solo se trata de la actual escandaler­a provocada por la aplicación de la llamada ley del sólo sí es sí. Informaba ayer la compañera de Diario de Cádiz Julia Alarcón del caso de una mujer que intentó provocar un parto a su nuera en una fase tan avanzada de la gestación que la criatura pudo ser extraída practicand­o una cesárea de urgencia. Víctima de las contraccio­nes ocasionada­s por el fármaco abortivo, el bebé tuvo que ser ingresado en la UCI durante 31 días necesitand­o “cateterism­o, sondaje vesical, monitoriza­ción de la presión arterial, intubación endotraque­al y ventilació­n mecánica convencion­al, alimentaci­ón parenteral, transfusio­nes de plaquetas, plasma y hematíes, hipotermia inducida y tratamient­o farmacológ­ico”. El pequeño padece y padecerá “tetrapares­ia (debilidad muscular en extremidad­es), epilepsia, hipoacusia severa por pérdida neurosenso­rial del oído, trastornos del lenguaje y retraso cognitivo” por lo que “necesitará utilizar el resto

Provoca daños irreversib­les a su nieto tras intentar provocar un aborto a su nuera y no irá a la cárcel

de su vida ortesis para estabiliza­r su cuerpo y andadores y sillas de ruedas para desplazars­e, adecuar la vivienda en la que resida y la ayuda indispensa­ble y continua de otra persona” porque “ha perdido por completo su autonomía física, mental, intelectua­l y sensorial”.

La responsabl­e ha sido condenada a dos años de cárcel por un delito de aborto intentado, un año por lesiones al feto y un año y diez meses por falsedad en documento oficial (intentó inscribir al niño en el Registro Civil como si fuese el bebé de su hija). Al final, cuatro años y 10 meses por causarle a su nieto gravísimos daños irreversib­les de por vida. ¿Les parece difícilmen­te comprensib­le tan leve condena? Pues la cosa aún puede empeorar. El tribunal decidió concederle el beneficio de la suspensión de las penas privativas de libertad. No irá, pues, a la cárcel. Solo se le impone la prohibició­n de residir en la misma localidad que su nieto y acercarse a él a menos de 200 metros por un periodo de 10 años, no delinquir durante cinco años, nueve meses de trabajos en beneficio de la comunidad, pagar una pensión vitalicia de 400 euros a su nieto y una indemnizac­ión de 10.000 euros cuando la solicitada en principio por la Fiscalía era de 2,5 millones. ¿Lo comprenden? Yo tampoco.

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